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Además, remarcó que los controles que realizan en las rutas tienen fines recaudatorios y no educativos.Las multas por presuntas infracciones en las rutas nacionales e internacionales que cruzan por Ñemby, Ypacaraí, Coronel Oviedo y Hernandarias son elaboradas por juzgados de faltas de las municipalidades bajo un sistema de Corte Inquisitivo, según explicó Gloria Arana.
La letrada tiene varias acciones contra los intendentes, solicitando la anulación de las multas, porque no se ajustan a derecho. Representa a personas que integran la Coordinadora Ciudadana, que asocia a las víctimas del negociado entre las comunas y la empresa Sertran Paraguay.
Realizó un relato de las irregularidades e ilegalidades que tienen las actas "fabricadas" para cobrar a los conductores. Los documentos incluyen solamente las fotos, que presuntamente demuestran los avances en semáforo en rojo y el exceso de velocidad.
"Este hecho atenta contra la inteligencia, ya que todo el mundo sabe que la chapa asentada en acta se basa en la foto que provee Sertran a la comuna", manifestó la abogada. Agregó que "el acto configura una simulación, que el infractor debe probar en sumario, atentando nuevamente contra el debido proceso consagrado en la Constitución Nacional".
Asimismo, habló de los juzgados de faltas de los municipios, que aplican al supuesto infractor un "sistema de Corte Inquisitivo", donde deben probar su inocencia, cuando las cosas deben ser al revés. "Se le debe probar al supuesto infractor su falta", expresó. Remarcó que a ese presunto infractor se le expone a una suerte de doble victimización.
"Estamos ante este proceso de doble victimización, donde sabemos que existe connivencia de autoridades comunales: intendente y en específico juez/a de faltas y actuario/a, utilizando una simulación como cabeza de proceso, en este caso el acta de contravención".
Irrebatible
Arana entiende que el acta amañada y fabricada aparenta irrebatible, porque ya se tiene la orden superior, del jefe comunal, de que el presunto infractor debe ser sentenciado en el Juzgado de Faltas (inferior en jerarquía del jefe comunal).
Puntualizó que es letra muerta el sistema de corte acusatorio utilizado en Paraguay, en materia penal, porque los intendentes, ufanándose de la autonomía municipal, "las repúblicas municipales de Ñemby, Ypacaraí, Coronel Oviedo y Hernandarias, aplican en sus juzgados de faltas un sistema inquisitivo".
Asimismo sostuvo que son letra muerta en "las cuatro repúblicas municipales" la presunción de inocencia y el debido proceso, garantizados expresamente en la Constitución Nacional e instrumentos internacionales ratificados y canjeados por Paraguay, que forman parte del sistema positivo paraguayo como el Pacto de San José de Costa Rica, Ley 1/89 (art 137 CN)".
Enfatizó que es más grave aún que en el ejercicio de un legítimo derecho de oposición al pago de una multa fabricada, es segura la condena del dueño del vehículo, por sentencia definitiva en las "repúblicas municipales". Agregó que para bastardear más el sistema amañado (refiriéndose al juzgado de falta y la boleta de contravención) y el contubernio montado, se simula el ejercicio del derecho a la defensa llamando al supuesto infractor a una investigación, que ya es de público conocimiento, y que ya fue condenado al pago de la multa.
De oficio
Las instituciones que debieran actuar de oficio para dejar sin efecto este gran negocio entre Sertran y los municipios "no hacen nada", manifestó Arana, y acotó que mientras tanto los responsables siguen afinando las manos para meter impunemente en los bolsillos de los conductores.
Mencionó a la Corte Suprema de Justicia, los organismos de derechos humanos, Contraloría General de la República, Ministerio de Obras Públicas, Defensoría del Pueblo, Fiscalía, Secretaría de la Función Pública y Cámara de Diputados. "Todas estas instituciones están aplazadas por inacción, ante esta flagrante simulación, que está muy de moda en las repúblicas municipales que se ufanan de manipular la normativa para cobrar por las multas fabricadas", subrayó la abogada.
Proceso inquisitivo
El proceso penal en Latinoamérica, hasta la década de los 80, fue conocido como el "Proceso Inquisitivo". El mismo se caracterizó por ser en general de corte predominantemente inquisitivo. El juez tiene la función de juzgar, pero también investiga.
La investigación se caracteriza por ser oculta y poco transparente. Los juicios en Latinoamérica se conformaban por conjuntos de actos escritos, sin confrontación verídica entre las partes en presencia del juez. Es prácticamente nulo el juicio oral. Esta vieja práctica vuelven a implementar los intendentes Héctor Lucio Lesme (Ñemby), Raúl Fernando Negrette (Ypacaraí), ambos liberales, Carmen Alvarez (Hernandarias) y Jorge Morales (Coronel), colorados.
La letrada tiene varias acciones contra los intendentes, solicitando la anulación de las multas, porque no se ajustan a derecho. Representa a personas que integran la Coordinadora Ciudadana, que asocia a las víctimas del negociado entre las comunas y la empresa Sertran Paraguay.
Realizó un relato de las irregularidades e ilegalidades que tienen las actas "fabricadas" para cobrar a los conductores. Los documentos incluyen solamente las fotos, que presuntamente demuestran los avances en semáforo en rojo y el exceso de velocidad.
"Este hecho atenta contra la inteligencia, ya que todo el mundo sabe que la chapa asentada en acta se basa en la foto que provee Sertran a la comuna", manifestó la abogada. Agregó que "el acto configura una simulación, que el infractor debe probar en sumario, atentando nuevamente contra el debido proceso consagrado en la Constitución Nacional".
Asimismo, habló de los juzgados de faltas de los municipios, que aplican al supuesto infractor un "sistema de Corte Inquisitivo", donde deben probar su inocencia, cuando las cosas deben ser al revés. "Se le debe probar al supuesto infractor su falta", expresó. Remarcó que a ese presunto infractor se le expone a una suerte de doble victimización.
"Estamos ante este proceso de doble victimización, donde sabemos que existe connivencia de autoridades comunales: intendente y en específico juez/a de faltas y actuario/a, utilizando una simulación como cabeza de proceso, en este caso el acta de contravención".
Irrebatible
Arana entiende que el acta amañada y fabricada aparenta irrebatible, porque ya se tiene la orden superior, del jefe comunal, de que el presunto infractor debe ser sentenciado en el Juzgado de Faltas (inferior en jerarquía del jefe comunal).
Puntualizó que es letra muerta el sistema de corte acusatorio utilizado en Paraguay, en materia penal, porque los intendentes, ufanándose de la autonomía municipal, "las repúblicas municipales de Ñemby, Ypacaraí, Coronel Oviedo y Hernandarias, aplican en sus juzgados de faltas un sistema inquisitivo".
Asimismo sostuvo que son letra muerta en "las cuatro repúblicas municipales" la presunción de inocencia y el debido proceso, garantizados expresamente en la Constitución Nacional e instrumentos internacionales ratificados y canjeados por Paraguay, que forman parte del sistema positivo paraguayo como el Pacto de San José de Costa Rica, Ley 1/89 (art 137 CN)".
Enfatizó que es más grave aún que en el ejercicio de un legítimo derecho de oposición al pago de una multa fabricada, es segura la condena del dueño del vehículo, por sentencia definitiva en las "repúblicas municipales". Agregó que para bastardear más el sistema amañado (refiriéndose al juzgado de falta y la boleta de contravención) y el contubernio montado, se simula el ejercicio del derecho a la defensa llamando al supuesto infractor a una investigación, que ya es de público conocimiento, y que ya fue condenado al pago de la multa.
De oficio
Las instituciones que debieran actuar de oficio para dejar sin efecto este gran negocio entre Sertran y los municipios "no hacen nada", manifestó Arana, y acotó que mientras tanto los responsables siguen afinando las manos para meter impunemente en los bolsillos de los conductores.
Mencionó a la Corte Suprema de Justicia, los organismos de derechos humanos, Contraloría General de la República, Ministerio de Obras Públicas, Defensoría del Pueblo, Fiscalía, Secretaría de la Función Pública y Cámara de Diputados. "Todas estas instituciones están aplazadas por inacción, ante esta flagrante simulación, que está muy de moda en las repúblicas municipales que se ufanan de manipular la normativa para cobrar por las multas fabricadas", subrayó la abogada.
Proceso inquisitivo
El proceso penal en Latinoamérica, hasta la década de los 80, fue conocido como el "Proceso Inquisitivo". El mismo se caracterizó por ser en general de corte predominantemente inquisitivo. El juez tiene la función de juzgar, pero también investiga.
La investigación se caracteriza por ser oculta y poco transparente. Los juicios en Latinoamérica se conformaban por conjuntos de actos escritos, sin confrontación verídica entre las partes en presencia del juez. Es prácticamente nulo el juicio oral. Esta vieja práctica vuelven a implementar los intendentes Héctor Lucio Lesme (Ñemby), Raúl Fernando Negrette (Ypacaraí), ambos liberales, Carmen Alvarez (Hernandarias) y Jorge Morales (Coronel), colorados.