La función pública a merced de los intereses políticos

Las leyes en nuestro país son papel mojado, y su incumplimiento, más que en el ciudadano común, en mayor grado recae en las propias autoridades y, aún más, en quienes las sancionaron, es decir, los legisladores. En este último orden, es más que común ignorar las normas para ubicar en puestos públicos bien remunerados a parientes, amigos y correligionarios sin el rigor de la selección mediante concursos públicos. Para estos casos, la papeleta de la afiliación es más importante que los títulos, como lo ha admitido el propio presidente de la República, Santiago Peña. De un tiempo a esta parte ya se llega inclusive al colmo de confundir la administración pública con la comunal, que son dos aparatos estatales bien distintos, y así el intercambio de personal entre ellos es fluido, como se ha evidenciado ahora aparentemente tras una ruptura entre dos bandos colorados que repercutió en la ciudad de Luque.

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La Ley N° 1626/00 permite que el funcionario sea trasladado de un cargo a otro en la Administración Pública, de igual o similar categoría y remuneración, dentro de la misma entidad o a una distinta. Se trata de la figura del comisionamiento, del que se hace uso y abuso en la función pública. Así no es raro que un funcionario que tenga un buen contacto en otro organismo logre ser trasladado allí, conservando la remuneración de la entidad de origen y obteniendo un ingreso adicional otorgado por la de destino, sin que importen las “razones de servicio”.

En este ambiente, las sinrazones de la politiquería criolla suelen jugar un papel relevante, tanto para implementar los comisionamientos como para revocarlos, según se deduce de un presunto conflicto desatado entre el presidente del Senado, Basilio “Bachi” Núñez (ANR, cartista), y el intendente de Luque, Carlos Echeverría (ANR, cartista), con el telón de fondo de los comicios municipales de 2026. Según los trascendidos, el primero, recién asentado en la vecina ciudad mencionada, tuvo desacuerdos con el segundo, lo que habría sido el motivo para que sea cancelado el comisionamiento de dieciséis funcionarios del Senado que prestaban servicios en la Municipalidad. Por de pronto, los mismos, que seguramente no tienen mucho que hacer y por ello fueron comisionados, estarán a cargo de la Dirección de Control de Personal de la Cámara Alta, donde ingresaron de la mano del –expulsado y hoy fallecido– exsenador Óscar González Daher. Sus salarios mensuales oscilan hoy entre 3.300.000 y 11.700.000 guaraníes. Sin duda, ni la causa de su traslado a la Municipalidad ni la de su retorno al órgano legislativo –presuntamente un conflicto en el cartismo– tuvieron que ver con la Ley de la Función Pública, es decir, con “razones de servicio”. Es presumible que tampoco fueron nombrados tras demostrar sus méritos y aptitudes en un concurso público de oposición.

Con mucha frecuencia se están dando los comisionamientos y contrataciones que de buenas a primeras resultan absurdos y al parecer abiertamente contrarios a las leyes. Allí tenemos al diputado Benjamín Cantero (ANR, cartista), quien hizo nombrar como su asesora a su esposa, Silvia Noemí Vega, sencillamente porque “ella quiere estar a mi lado y está a mi lado”, y porque teme que si nombre a otra mujer, su casa se llegue a “incendiar”. También está el intendente asunceno, Óscar “Nenecho” Rodríguez (ANR, cartista), quien ha llevado a la Municipalidad a excondiscípulos o compañeros de fútbol. De esta clase de seriedad se habla en lo que a nombramientos públicos se refiere.

El caso referido es un ejemplo elocuente más de que la política de recursos humanos del aparato estatal no responde a las necesidades de un desempeño eficiente, hasta el punto de que pueden afectarla incluso las disputas locales dentro de un sector partidario. Se ve así que las normativas vigentes importan mucho menos que los intereses de los politicastros más o menos influyentes, a los que a menudo recurren los “servidores públicos” para escalar posiciones.

El 19 de junio, el Viceministerio de Capital Humano y Gestión Institucional, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, fijó el “procedimiento para la movilidad interinstitucional de los funcionarios permanentes de las instituciones públicas”, reglamentando dos artículos de la Ley N° 1626/00, que se ocupan de los traslados. El procedimiento consta de seis “pasos” obligatorios: diagnóstico de la dotación del personal, publicación de la convocatoria, requisitos de la misma, restricciones para la movilidad interinstitucional, evaluación de las postulaciones y trámites posteriores a la selección.

Se trata de una resolución de gran importancia, según la cual la movilidad interinstitucional es una alternativa oportuna para aumentar la productividad de la fuerza laboral pública. Se puede agregar que, siempre que sea cumplida, servirá para poner coto al caos reinante en materia de traslados. Pero el problema de fondo de nuestra cultura político-administrativa es el escaso apego a la legalidad. Las normativas solo tienen una vigencia teórica, más aún cuando afectan intereses relacionados con el clientelismo y el prebendarismo, a los que se rinde tanto culto. Mientras se siga ninguneando el cumplimiento de la ley, sancionando con rigor a sus infractores, las normativas que se emitan servirán solo para el autoengaño, en el mejor de los casos. A propósito, el citado Viceministerio debería explicar la legalidad de lo ocurrido en la Municipalidad de Luque.

Si en verdad se quiere que los comisionamientos dejen de ser un mecanismo aberrante al servicio de funcionarios y politiqueros ventajistas, es preciso cumplir y hacer cumplir la ley, una obviedad que en el Paraguay no lo es tanto.

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