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Y bien, recién hoy, al cabo de casi siete meses, el JEM iba a decidir si tiene motivos suficientes para procesar, por el momento, a cinco de los agentes fiscales presuntamente involucrados, pese a que ya contaba con dictámenes jurídicos desde mediados de julio. Lamentablemente, su presidente, Jorge Bogarín Alfonso, anunció ¡una nueva demora!, porque el representante de la Corte Suprema de Justicia, César Diesel, se apartó del caso y se esperará el nombramiento de su reemplazante. Esto significa que la ciudadanía tendrá que armarse de mucha paciencia hasta que el mayúsculo escándalo sea finalmente dilucidado en su totalidad, siendo de notar que la acción para acusar prescribe a los dos años a partir del hecho u omisión atribuidos al enjuiciado. Entretanto, quienes habrían trabajado para un convicto seguirán investigando o juzgando a los demás, salvo que el JEM pida a la Corte Suprema de Justicia la suspensión en el cargo del eventualmente enjuiciado, por existir graves presunciones en su contra. Pero esto, en nuestro ambiente judicial, es como pedir peras al olmo.
Lo mismo ocurriría en el caso de los 296 agentes fiscales o adjuntos afiliados a la ANR o al PLRA, de los cuales 41 votaron en las elecciones internas coloradas de 2021. La ley orgánica del Ministerio Público dice que no pueden “formar parte de un partido o movimiento político”. Por su parte, el Código de Ética Judicial –aprobado por la Acordada 290/05 de la Corte Suprema de Justicia y vigente desde el 1 de enero de 2006– ordena al juez afiliado a un partido que pida la suspensión de la afiliación dentro del plazo de seis meses y le prohíbe participar en actos político-partidarios. Pues bien, hay 367 jueces afiliados a la ANR, 30 de los cuales votaron en los últimos comicios internos. Tanto el JEM como la Oficina de Ética Judicial y el Consejo de Superintendencia abrieron investigaciones sobre estas serias irregularidades, muchas de las cuales vendrían siendo cometidas también por jueces incorporados después de 2006. Sufragar en unas elecciones internas implica una actividad política, esto es, un mal desempeño de funciones, al igual que el mero hecho de estar afiliado. Aquí hay una flagrante violación de la ley o de una normativa judicial, que afecta la independencia y la imparcialidad, sobre todo al investigar o juzgar a un correligionario que ejerce una alta función pública.
Si el Jurado debe apresurarse a sancionar a los cómplices de Ramón González Daher y a quienes siguen ligados a una asociación política, vulnerando la ley y la ética, también corresponde que se ocupe cuanto antes de la jueza Leticia Frachi y del camarista Darío Estigarribia: la primera declaró y el segundo confirmó la prescripción de una pena carcelaria impuesta al exgobernador de Villa Hayes Eugenio Escobar, violando “los postulados elementales de la cosa juzgada”, actuando así como revisores de decisiones de la Corte, según el ministro preopinante Eugenio Jiménez Núñez. La causa se inició en 2002 y la acción de inconstitucionalidad planteada por el Ministerio Público acaba de ser resuelta favorablemente. El caso demandó en total ¡¡¡veinte años!!!
Y bien, la intolerable cuestión de la morosidad, como en este caso mencionado, que también implica un mal desempeño de funciones, es una verdadera lacra del Poder Judicial, de la que, como es obvio, no está exenta su máxima autoridad. También, hace unos días, hizo lugar a una acción de inconstitucionalidad promovida en 2020 por el exdiputado Ramón Romero Roa, contra la resolución de la Cámara Baja que, en forma muy llamativa, lo había reemplazado como su representante ante el JEM: el interesado falleció hace un año.
De tanto en tanto, se escuchan voces que reclaman una “reforma judicial” como remedio para la debacle existente en ese Poder del Estado. Pero, como se ve, no servirán nuevas estructuras ni normativas si las que existen son ignoradas, lo que facilita que muchos jueces y fiscales, como lo demuestran los casos mencionados, puedan continuar tranquilamente prevaricando, poniéndose al servicio de políticos poderosos, sin recibir la sanción que merecen. Las disposiciones para el efecto están plenamente vigentes, de modo que muchos jueces y fiscales no deberían continuar ensuciando sus cargos.