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Es de pública notoriedad que los políticos procesados por el delito de lesión de confianza suelen interponer reiteradas chicanas para resultar absueltos por el mero paso del tiempo, sin que se llegue a dictar sentencia alguna: abusan impunemente del derecho a la defensa, sabiendo que serían condenados si los juicios se desarrollaran con normalidad. Si malversaron fondos públicos, ¿por qué no trabarían las actuaciones judiciales para impedir el condigno castigo, más aun atendiendo que su malicia no será sancionada? Sabiéndose culpables, su “buen nombre y honor” les importan un bledo; lo que les interesa es librarse no solo de la responsabilidad penal emergente del hecho punible cometido, sino también de la obligación de reparar el daño causado. La conducta procesal que exhiben genera más bien una presunción de culpabilidad, en vez de la de inocencia que debería ampararlos. Temen que la imparcialidad de los agentes fiscales o de los jueces conlleve que sean condenados, de modo que tratan de apartarlos o, en su defecto, dilatar el procedimiento, confiando en la acostumbrada morosidad judicial.
En otros términos, obran con malicia, a sabiendas de que su mala fe no será sancionada y de que el transcurso de los años los librará de culpa y pena, para poder gozar con calma de sus bienes mal habidos. Fue así que la impunidad de las chicanas y la notoria indolencia judicial, quizás alentadas por qué ocultos motivos, hicieron que la Corte Suprema de Justicia haya declarado en octubre de 2021 la prescripción de la causa abierta en 2009 y, por ende, el sobreseimiento definitivo del exministro de la Secretaría de Emergencia Nacional Camilo Soares, inicialmente condenado por lesión de confianza: pasaron nada menos que doce años y el susodicho impidió que se lo juzgara, quedando para la opinión pública la duda de si fue o no culpable.
Pero suma y sigue: ahora resulta que, según el abogado interviniente Ricardo Preda, ya habrían prescrito los procesos abiertos a los exministros de Agricultura y Ganadería Enzo Cardozo y Rody Godoy, en los que está en juego un total de 71.700 millones de guaraníes. Ambos fueron imputados por lesión de confianza y estafa en 2013 y 2014, pero esta es la hora en que aún no se ha abierto el juicio oral y público, por los motivos de siempre: a fines de mayo, la Corte confirmó la apertura del previsto para Enzo Cardozo, por el presunto desvío de 3.700 millones de guaraníes, rechazando así la enésima chicana planteada por el hoy “parlasuriano”; ahora plantearía la prescripción de la causa.
Los caraduras no se limitan a recurrir a artimañas para trabar las actuaciones procesales, pues también se valen de ellas hasta para evadir el cumplimiento de una sentencia: es el caso del impresentable exsenador colorado Víctor Bogado, que esta vez ha presentado una acción de inconstitucionalidad contra el fallo de la Sala Penal de la Corte que rechazó la revisión del pago de 480 millones de guaraníes a ser donados a diez entidades benéficas, en reemplazo de la condena que se le impuso en 2019 por haber instalado a su niñera en el Congreso y en Itaipú Binacional. A tanto llega su desvergüenza, que no sería raro que se declare insolvente, tras rechazarse su nueva chicana. La responsabilidad civil apunta a reparar el daño físico, patrimonial o moral causado por un delito; también la tiene el Estado –subsidiariamente– por el cometido por un funcionario en el ejercicio del cargo.
Tratándose de un homicidio, la indemnización corresponde a los herederos legítimos de la víctima, pero ocurre que la derivada de la muerte del joven Joel Filártiga, causada por un oficial de policía en 1976, beneficiaría con 39.400.392 dólares, más intereses, a Jorge Nicanor Galeano y a Gregorio Daniel Acosta, de acuerdo a un fallo ya apelado por la Procuraduría General de la República. Según Analy Filártiga, hermana del occiso, el primero es un desconocido para ella y el segundo un abogado que alguna vez trató con su padre ya fallecido, el Dr. Joel Filártiga Ferreira. Para más datos, Galeano tiene una firma proveedora del Estado, en tanto que Acosta sería un exfuncionario judicial, acusado de “planillerismo”. Estos señores se habrían subrogado en los derechos del Dr. Filártiga Ferreira, excluyendo de la indemnización a las hijas, pese a que el Código Civil dice que el deber de reparar el daño causado por un acto ilícito existe “también respecto de todas las personas directamente perjudicadas por consecuencia del acto”, entre las cuales no figuraban, con toda evidencia, los señores mencionados. No sería raro, entonces, que estemos en puertas de un nuevo feroz agujero a las arcas del Estado.
Dado que en la judicatura puede ocurrir cualquier cosa siempre que intervengan factores políticos o económicos, es preciso que políticos honestos, organizaciones anticorrupción y líderes de entidades que no están sometidas a los designios de las autoridades de turno abran los ojos y llamen la atención sobre quienes buscan que prescriban las causas de los robos al Estado o cualquier otro intento de alzarse con recursos que pertenecen a la ciudadanía toda. Demasiadas fortunas mal habidas ya se han producido en el país a costa de la desgracia del pueblo.