La ciudadanía es utilizada como rehén en los cierres de rutas

Ante la pasividad de la Policía Nacional y del Ministerio Público, los camioneros siguen coartando la libertad de tránsito de los demás, cometiendo un delito castigado con hasta tres años de cárcel o con multa. La experiencia acumulada durante años de impunidad les alienta a intentar imponer sus exigencias, recurriendo a una medida de fuerza ilícita que también atenta contra el derecho al trabajo de terceros y puede causar severos daños económicos al país. Es hora de que sepan que en un Estado de Derecho nadie está por encima de las leyes y de que, por lo tanto, las autoridades deben hacer cumplir las leyes sin discusión alguna. Obstaculizar dolosamente el tránsito terrestre es un hecho tan punible como lo es, según el Código Penal, coaccionar al Congreso, a sus Cámaras o a una de sus comisiones.

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Ante la pasividad de la Policía Nacional y del Ministerio Público, los camioneros siguen coartando la libertad de tránsito de los demás, cometiendo un delito castigado con hasta tres años de cárcel o con multa. La experiencia acumulada durante años de impunidad les alienta a intentar imponer sus exigencias, recurriendo a una medida de fuerza ilícita que también atenta contra el derecho al trabajo de terceros y puede causar severos daños económicos al país. Es hora de que sepan que en un Estado de Derecho nadie está por encima de las leyes y de que, por lo tanto, las autoridades deben hacer cumplir las leyes sin discusión alguna.

En el último episodio del abierto ejercicio de la prepotencia, protagonizado por unos veinte camioneros, la actuación policial fue simplemente vergonzosa: ocuparon un carril de una avenida asunceña, pero la Policía Nacional se limitó a instarles a que se trasladen a Fernando de la Mora, so pena de ser detenidos. En otras palabras, podían delinquir en la ciudad vecina, pero no así en Asunción, pues, según el comisario general Daniel Careaga, “hay un tratamiento exclusivo para la capital”, por ser asiento de los Poderes del Estado y de numerosas instituciones, así como destino de “dos millones de personas” que la visitarían por razones laborales. Se ignoraba que la “Madre de Ciudades” tuviera tal privilegio en materia penal y que cierto hecho punible dejaría de serlo si se perpetrara más allá de sus límites.

Un detalle menor de esta innovadora opinión es que atenta contra la lógica, ya que los visitantes no llegarían a Asunción si las calles y avenidas de los municipios aledaños pudieran ser bloqueadas; lo principal es que no se funda en la Constitución ni en la ley, sino en la pura arbitrariedad: la Policía Nacional permite, por sí y ante sí, obstaculizar el tránsito terrestre en cualquier lugar del país, menos en la capital. Los “luchadores sociales” y la población periódicamente afectada por los cierres de la vía pública deben tomar nota de esta notoria falta de sentido común y de respeto a la legalidad por parte del órgano encargado, entre otras cosas, de preservar el orden público, proteger la libertad de las personas y prevenir la comisión de delitos y faltas. Obstaculizar dolosamente el tránsito terrestre es un hecho tan punible como lo es, según el Código Penal, coaccionar al Congreso, a sus Cámaras o a una de sus comisiones, para que no ejerzan sus facultades o lo hagan en un sentido determinado.

Viene a cuento recordarlo, pues el dirigente camionero Darío Toñánez, cuyos colegas tuvieron a bien aceptar el requerimiento policial referido, dijo que la movilización, que incluyó interferir en el tráfico, “es una forma más efectiva de presionar a nuestros gobernantes, que no nos hacen caso, no nos dan la debida atención”. La última “presión” fue ejercida mediante un delito, cuyas víctimas directas fueron quienes deseaban o debían desplazarse de un lugar a otro; fueron utilizados vilmente como una suerte de rehenes para que el Senado apruebe un proyecto de ley que autoriza a Petropar la compra de combustibles sin recurrir a intermediarios, algo que apenas influirá en el precio final, según su presidente, Denis Lichi. El “derecho a peticionar a las autoridades, por escrito”, no implica el de emplear una medida de fuerza delictiva; si los legisladores no están sujetos a mandatos imperativos, lo están mucho menos a los de quienes deben sentarse en el banquillo de los acusados, incluyendo a los dueños de los camiones, que se valen de sus choferes tras bambalinas y pueden ser identificados con solo registrar las placas de los vehículos. Es de agradecer que el citado dirigente gremial se haya puesto en evidencia al hablar sin tapujos de “presionar”, sin importarle un bledo las normativas vigentes.

Que los gobernantes accedan a todos los pedidos de los camioneros, darles la máxima atención y someterse mansamente a sus exigencias, alienta la premisa de que no se puede confiar en la intervención de la Policía Nacional o del Ministerio Público. Por esta misma razón, la ciudadanía tampoco puede esperar que la Defensoría del Pueblo actúe de oficio para “proteger los intereses comunitarios”, vulnerados una y otra vez. Por cierto, la iniciativa en cuestión fue aprobada por casi todos los senadores presentes en la sesión extraordinaria, así que la “presión” ejercida ha tenido un buen resultado para los transgresores: se salieron con la suya, gracias a sus atropellos impunes de hecho y a la condescendencia de quienes sancionan las leyes o deben aplicarlas. La deplorable historia se repetirá, mientras los responsables continúen agachando la cabeza, con tal de sacarse un problema de encima, por algún tiempo, pues todavía falta el tratamiento en Diputados.

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