“Turismo comercial” conducirá a un contrabando de hecho

Si no postergara una vez más su estudio, el Senado trataría hoy un proyecto de ley “que regula el régimen de reexportación de turismo comercial”, es decir, la venta a personas no residentes en el Paraguay, en las ciudades fronterizas en las cabeceras departamentales, de productos exonerados de aranceles aduaneros y de los impuestos selectivo al consumo y al valor agregado, previo pago de un anticipo del impuesto a la renta empresarial. La iniciativa, en aparente reacción al funcionamiento de tiendas libres en 33 ciudades brasileñas fronterizas, cuenta con el entusiasta apoyo de empresarios y autoridades de Ciudad del Este y Salto del Guairá, así como algunos miembros del Centro de Importadores del Paraguay, pero con el convincente rechazo de la Subsecretaría de Estado de Tributación, de la Dirección Nacional de Aduanas y de numerosos gremios empresariales.

Cargando...

Si no postergara una vez más su estudio, el Senado trataría hoy un proyecto de ley “que regula el régimen de reexportación de turismo comercial”, es decir, la venta a personas no residentes en el Paraguay, en las ciudades fronterizas en las cabeceras departamentales, de productos exonerados de aranceles aduaneros y de los impuestos selectivo al consumo y al valor agregado, previo pago de un anticipo del impuesto a la renta empresarial. La iniciativa de los senadores Salyn Buzarquis (PLRA), Georgia Arrúa (PPQ), Juan Afara (ANR) y Juan Bartolomé Ramírez (PLRA), en aparente reacción al funcionamiento de tiendas libres en 33 ciudades brasileñas fronterizas, cuenta con el entusiasta apoyo de empresarios y autoridades de Ciudad del Este y Salto del Guairá, así como algunos miembros del Centro de Importadores del Paraguay, pero con el convincente rechazo de la Subsecretaría de Estado de Tributación, de la Dirección Nacional de Aduanas y de numerosos gremios empresariales.

Para empezar, el régimen propuesto generaría un sistema tributario para los comerciantes de ciertas ciudades y otro para los del resto del país, con lo que se violaría el principio de “igualdad ante las leyes” y el de que “la igualdad es la base del tributo”, ambos establecidos en la Constitución. Por lo demás, atendiendo el orden de prelación de las normativas que ella fija, sería de aplicación imposible porque, como dice el viceministro de Tributación, Óscar Orué, ignora los compromisos asumidos en el Mercosur. A estos insalvables obstáculos jurídicos se suma el hecho de que, en tiempos de creciente déficit fiscal, la recaudación tributaria disminuiría en unos 360.000 millones de guaraníes anuales, lo que obligaría a notables recortes en los servicios públicos o a un mayor endeudamiento, a no ser que se prefiera apelar a la no menos nociva emisión monetaria inorgánica.

En última instancia, se pretende que la “triangulación” de vieja data siga siendo rentable, mediante exoneraciones impositivas, sin considerar el factor decisivo de la diferencia cambiaria: la devaluación monetaria en los países vecinos resta competitividad a los comerciantes nacionales instalados en las fronteras. Y bien, el eterno problema de las cotizaciones fluctuantes será insoluble mientras el Mercosur no implique en verdad, como dice su tratado fundacional, la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales, entre ellas la de comercio exterior, la monetaria y la cambiaria. Con todo, algo ha cambiado en los últimos treinta años, como se lee en un comunicado de las organizaciones empresariales opuestas a la iniciativa comentada: “El modelo de vender productos en la frontera, que no fabricamos ni procesamos, a un público que está desapareciendo por las diferencias de cambio que reducen la ventaja competitiva de triangular mercaderías, está a días de estar totalmente agotado”.

Convendría, pues, que las “fuerzas vivas” de esas zonas se vuelquen al incipiente proceso de industrialización que, por cierto, podría verse muy afectado por la importación de productos manufacturados libres de impuestos, dado que los organismos competentes no se distinguen por su estricto control. En efecto, hay fundadas razones para temer que, aunque los documentos de identidad de los compradores deban ser registrados, parte de las mercaderías introducidas queden en el mercado nacional, con la consecuente pérdida de empleos formales, como bien señala la Unión Industrial Paraguaya (UIP). Aparte de que parece extraño que un paraguayo no pueda adquirir un producto introducido legalmente en su tierra, lo que recuerda que en Cuba hay hoteles de los que están excluidos los huéspedes nativos, habría que evitar correr el serio riesgo del contrabando de hecho, bajo el engañoso manto de la legalidad, solo por intentar mantener a flote un modelo de negocios que ya resulta inviable.

La Carta Magna dice que “en ningún caso el interés de los particulares primará sobre el interés general”, o sea, el de unos fuertes comerciantes de la frontera paraguayo-brasileña no debe prevalecer sobre el bien común. Si la iniciativa comentada se convirtiera en ley, el costo sería excesivo; el respeto a la Constitución y a los tratados, convenios y acuerdos internacionales, así como la solidez de las finanzas públicas y la preservación de puestos de trabajo exigen que sea desestimada de una vez por todas. El Paraguay debe producir también en las ciudades fronterizas, ya que el papel de intermediario en el comercio internacional está expuesto a vaivenes sobre los que no puede influir; sería mejor, por ejemplo, potenciar el Parque Industrial de Ciudad del Este, donde tiene su asiento la Cámara de Empresas Maquiladoras, y apoyar el proyecto existente de instalar un parque similar en Salto del Guairá. Más aún, antes que promover el “turismo comercial” a tan altos costos, sería preferible alentar el turismo a secas.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...