Camioneros aplican la “ley del mbarete” contra la población

El Código Penal dice que quien “produjera un obstáculo” en el tránsito terrestre será castigado con multa o con hasta tres años de prisión. Un camión atravesado en la ruta o un grupo de personas instalado en ella impiden la libre circulación de personas y de productos, pudiendo provocar accidentes. Sería innecesario, pues, tipificar penalmente el “cierre de vías públicas”, como propone el senador Enrique Riera (ANR), por la simple razón de que ya lo está. Y bien, tras reunirse en un teatro municipal en Caacupé, los camioneros informaron que a las 05:00 de ayer iniciarían un bloqueo de rutas por tiempo indefinido. Esto es la comisión de un delito continuo; se llegaron a conocer, incluso, algunos sitios en los que se realizarían bloqueos, lo que facilitó el trabajo de la Policía Nacional (PN) obligada por su ley orgánica a “prevenir la comisión de hechos punibles y faltas mediante la organización técnica, la información y la vigilancia”.

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El Código Penal dice que quien “produjera un obstáculo” en el tránsito terrestre será castigado con multa o con hasta tres años de prisión. Un camión atravesado en la ruta o un grupo de personas instalado en ella impiden la libre circulación de personas y de productos, pudiendo provocar accidentes. Sería innecesario, pues, tipificar penalmente el “cierre de vías públicas”, como propone el senador Enrique Riera (ANR), por la simple razón de que ya lo está. Y bien, tras reunirse en un teatro municipal en Caacupé, los camioneros informaron que a las 5:00 de ayer iniciarían un bloqueo de rutas por tiempo indefinido. Esto es la comisión de un delito continuo; se llegaron a conocer, incluso, algunos sitios en los que se realizarían bloqueos, lo que facilitó el trabajo de la Policía Nacional (PN), obligada por su ley orgánica a “prevenir la comisión de hechos punibles y faltas mediante la organización técnica, la información y la vigilancia”.

Puesta en estado de “alarma de seguridad”, esta vez no se cruzó de brazos ante los actos preparatorios y la flagrante perpetración de una práctica ilícita, que viola derechos de terceros, daña la economía nacional y arriesga la circulación. Sus prepotentes autores buscan poner de rodillas al Estado, sabiendo de la tradicional inoperancia de la fuerza pública. Puede que la omisión obedezca a unas instrucciones generales que apunten a evitar enfrentamientos, lo que implicaría someterse de entrada a los dictados de quienes cometen un delito o se preparan para el efecto. Si se teme que los agentes policiales caigan en la trampa de la provocación, habrá que inferir que no están entrenados para repeler agresiones empleando la fuerza estrictamente necesaria.

El deber de preservar el orden público, en el marco de la ley, es innegociable. Los diálogos entre el Gobierno y quienes formulan demandas no deben realizarse bajo la amenaza del cierre de rutas. Ella puede ser fructífera cuando los antecedentes de la víctima hacen suponer que se rendiría con facilidad, tal como ha venido ocurriendo, al menos con respecto a la impunidad así arrancada. Ahora se revela que la extorsión también puede tener propiamente un contenido monetario, según surgiría de las presuntas gestiones realizadas ante el ministro del Interior por Ángel Zaracho, jefe de la Federación de Camioneros del Paraguay, y cuatro allegados, hoy imputados y recluidos. El hecho de que se habría intentado cometer un delito a cambio de desistir de otro –una intervención peligrosa en el tránsito terrestre– hasta el 15 de agosto de 2023 muestra hasta dónde ha llegado la percepción de la debilidad o de la corrupción gubernativa por parte de los indiciados protagonistas de este repugnante episodio. Sus colegas exigen la inmediata libertad de los mismos o la “transparencia” en la cuestión, de lo que se desprende que podrían seguir amenazando con cerrar rutas si la Justicia no se sometiera a ellos. Por cierto, el gravísimo hecho hace presumir que casos similares de compraventa de medidas de fuerza hayan ocurrido en el pasado, con resultados exitosos para sus promotores.

Aquí no se objeta el derecho a manifestarse “pacíficamente, sin armas”, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, para el “uso especial de la vía pública”, previa autorización de la autoridad competente: el tránsito normal debe mantenerse fluido por vías alternativas y los organizadores, además de acreditar que se tomarán en el lugar medidas de seguridad para personas y bienes, deben responsabilizarse personal y solidariamente por los eventuales daños a terceros o a la infraestructura vial. Es obvio que estas condiciones son incumplidas una y otra vez, sin consecuencia alguna para quienes preparan los bloqueos, y que las movilizaciones apuntan dolosamente a obstruir el tráfico: su detención no es un mero efecto colateral de las protestas.

Claro que no se trata de “criminalizar la lucha social”, sino de impedir que se perpetren hechos punibles y, eventualmente, de sancionar a sus autores; esa lucha no autoriza a violar el orden jurídico, una obviedad ignorada por quienes pretenden imponer sus demandas por la fuerza. Estos abusivos personajes, de igual índole que los “campesinos” de siempre, suelen victimizarse, como si las verdaderas víctimas –ajenas al conflicto– no fueran quienes desean o deben trasladarse de un punto a otro del país; les importa un bledo que no tengan ningún derecho a negarles esa posibilidad, cualquiera sea el motivo. En vez de respetar la ley, aplican la del “mbarete” contra personas desprotegidas por la fuerza pública. Hasta confiarían en hacerse con mucho dinero si renuncian durante algún tiempo a seguir mandoneando, sin más título que el de fungir de luchadores sociales: la impunidad les da bríos y parece que la codicia también.

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