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El descaro de los transportistas de pasajeros de la Gran Asunción resulta ilimitado. En efecto, volvieron a amenazar con un paro total a partir del lunes, tras recurrir al miserable chantaje de las “reguladas” en plena pandemia y revelarse que cobran subsidios por autobuses que no circulan. Mientras el Ministerio Público guarda un ominoso silencio y la Contraloría General de la República se apresta a examinar los subsidios otorgados en 2020, esos “empresarios” desalmados exigen ahora que el fraude referido continúe y que se les siga asegurando una ganancia del 18% –exigencia que luego bajaron al 7%–, como si ella integrara la estructura de costos: no compiten entre sí ni en calidad ni en precio, no necesitan tener una administración eficiente, pero quieren que se les garantice un lucro determinado, aunque sean, aparte de corruptos, unos ineptos de marca mayor. “Nadie sabe de dónde salió”, dijo el viceministro de Transporte Víctor Sánchez; quizá de un contubernio entre sus antecesores y quienes han venido cobrando subsidios fundados en datos falsos. Se espera, pues, que el alto funcionario siga sosteniendo que no cabe incluir ningún porcentaje de “remuneración empresarial” en la definición de la tarifa técnica, una vez que se reanuden las negociaciones. Por de pronto, sigue en pie el paro anunciado, a todas luces ilegal.
Los “empresarios” se reunieron con autoridades gubernativas para acordar sobre las cifras a tener en cuenta al fijar la “tarifa técnica”, pero ya habían anunciado una medida de fuerza en perjuicio de la población, si sus exigencias no eran satisfechas. Pusieron una espada de Damocles sobre sus interlocutores, suponiendo que la falta de transporte público agudizará el descontento reinante debido a la crisis sanitaria, a la retracción económica y a la inseguridad. Creyeron que no solo los usuarios culparán al Gobierno por no poder asistir a sus puestos de trabajo, sino también los verdaderos empresarios, forzados a restringir sus actividades ante las llegadas tardías o las ausencias de sus empleados. Como saben que el servicio que tan mal prestan es indispensable para la sociedad, volvieron a recurrir al chantaje, sabiendo que de poco o nada valdrá el auxilio de líneas interurbanas y de vehículos particulares o de las Fuerzas Armadas para suplir los suyos.
Dado que se trata de un servicio público otorgado en concesión, debe ser prestado en forma continua y en igualdad de trato para los pasajeros, como si estuviera a cargo del propio Estado; si lo estuviera, el sindicato de los funcionarios en huelga debería garantizar, de todos modos, el funcionamiento regular de ese “servicio público indispensable para la comunidad”, tal como lo define la Ley Nº 1626/00. También los empleadores gozan del derecho de paro en caso de conflicto de intereses, solo que en este caso el conflicto no se plantea con los trabajadores, sino con el Estado, que debe responder de una vez por todas con todo el rigor de la ley.
La Ley Nº 1618/00 ordena que el contrato de concesión contemple la “estructura tarifaria”, así como su “fórmula de reajuste”; también dice que el servicio debe prestarse “según los parámetros de calidad, continuidad y seguridad de suministro”, establecidos en el contrato, en el pliego de bases y condiciones y la legislación vigente. De estos principios generales surge que el permanente debate acerca de la tarifa es incomprensible –su estructura y su reajuste deben estar previstos en el contrato vigente– y que el paro viola el postulado de la “continuidad” del servicio. Su prestación no puede ser interrumpida; quienes así lo hagan, deben ser sancionados.
Si los chantajistas del transporte público de pasajeros del Gran Asunción estuvieran disconformes con alguna decisión del Viceministerio de Transporte, tendrían que promover una acción contencioso-administrativa ante el Tribunal de Cuentas en vez de realizar un paro tan ilegal como lo sería el de los trabajadores que no aseguren los “servicios públicos imprescindibles para la comunidad”, tal como les obliga el Código Laboral: si estos están sujetos a despidos, tampoco deberían quedar impunes unos sinvergüenzas de traje y corbata. No huelga recordar, por cierto, que la Ley Nº 1618/00 responsabiliza al concesionario “por los daños de cualquier naturaleza que con motivo (...) de la prestación del servicio se ocasione a terceros”, cuando ellos le sean imputables. De ello se desprende que no solo deben ser punidos por la autoridad administrativa, sino también por la judicial, previa interposición de las demandas por daños y perjuicios que hagan los particulares. Pero los transportistas son intocables: sus ómnibus son indispensables para movilizar a los votantes, y estamos a las puertas de unas elecciones internas para las municipales.
Es hora de poner fin a la desfachatez que, una y otra vez, causa zozobra a una población utilizada como rehén: hay que aplicar la ley, mal que les pese a sus contumaces infractores.