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El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley “De Emergencia Sanitaria por la pandemia de covid-19” que confirma la vocación autoritaria del Presidente de la República y de sus ministros y su pretensión de convertir nuestra democracia en un Estado policiaco, digno de la dictadura que la Asociación Nacional Republicana, partido Colorado, encarnó desde el 13 de enero de 1948 hasta el 3 de febrero de 1989.
El Presidente y sus ministros comienzan alegando una crisis, la del covid-19, como excusa para su asalto al poder, como si alegar una crisis no fuera la vía clásica que usan los autoritarios para justificar sus golpes, desde el empantanamiento constitucional esgrimido por Julio César para imponer su dictadura a Roma, hasta el incendio del Reichstag pretextado por Adolfo Hitler para abolir la democracia alemana.
La crisis es siempre el argumento para dejar de lado la Constitución Nacional y el Estado de Derecho. Marito y sus ministros no inventaron nada nuevo al hacerlo.
Este proyecto de ley puede resumirse en cuatro ejes programáticos, cada uno de los cuales puede ser sintetizado por un artículo del proyecto, que pintan de cuerpo entero la voluntad del gobierno de vaciar de contenido nuestra democracia.
El primer eje se desarrolla a partir del artículo 6 del proyecto: se trata de la concreción del propósito del gobierno de lograr la potestad de suspender derechos de rango constitucional (derecho al tránsito, artículo 41 de la Constitución; derecho de reunión, su artículo 86; derechos no enunciados al esparcimiento y a la vida saludable, su artículo 45; derecho al trabajo, su artículo 86) vía decreto, lo que perfecciona el carácter habilitante del proyecto, violando el artículo 3 de la Constitución y la destrucción del orden de prelación de las leyes definido en su artículo 137.
El segundo eje se expone a partir del artículo 9 del proyecto: se trata del establecimiento de tribunales especiales que trabajarán con el método inquisitorial, bajo la órbita del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social al que el gobierno convierte de facto en un nuevo poder judicial. El ministro de Salud podrá nombrar jueces “sumariantes” en toda la República, que podrán imponer pesados castigos a los ciudadanos, con la excusa de que desde el régimen autoritario inaugurado por Rafael Franco en 1936 se hace esto en nuestro país. La disposición viola el artículo 17 inciso 3 en particular y todo el artículo, que deroga el sistema inquisitorial en general.
El tercer eje se sintetiza en el artículo 11 del proyecto: en esta disposición el gobierno deroga la división de poderes que caracteriza a toda democracia, convirtiendo al Poder Judicial en un órgano auxiliar del Ministerio de Salud para proceder a allanar las propiedades de los paraguayos con un disfraz pseudojudicial y fuera de cualquier norma procesal democrática. Esta disposición también viola el artículo 3 de la Constitución.
Y el cuarto eje se observa en el artículo 19 del proyecto: el gobierno se atribuye potestades confiscatorias so pretexto de penas duras a los infractores de medidas sanitarias (300 jornales), violando los artículos 20 y 109 de la Constitución, desde el punto de vista económico, y de nuevo el 17, desde el punto de vista procesal.
El gobierno pretende erigirse en árbitro constitucional sobre qué derechos son más importantes que otros y, por tanto, pretende arrogarse la atribución de decretar la suspensión de los que estime menos relevantes, aunque ni una letra de la Constitución le otorga semejantes funciones.
Poseer las funciones que el gobierno se atribuye en el proyecto es acumular la suma del poder público, es decir, entrar de lleno en la definición de dictadura.
Desde el stronismo hasta nuestros días, este es el engendro más descarado y desembozado que ningún otro gobierno que haya llegado al poder ha intentado perpetrar en contra de las libertades de todo el pueblo paraguayo. No es menos simbólico que sea de la mano de un hijo de la dictadura como Mario Abdo Benítez, y tampoco es menos anecdótico que sea bajo el amparo de la Asociación Nacional Republicana (ANR), el mismo partido colorado que ya ha cobijado en el pasado la dictadura de Alfredo Stroessner durante 35 años. Si llegara a consumarse este asalto a las garantías constitucionales de la República del Paraguay, el partido de Bernardino Caballero –con todos sus istas– será el cómplice histórico de la instauración de una nueva dictadura.
La Constitución Nacional de la República del Paraguay establece su supremacía en el artículo 137 y no deja espacio para la duda al sentenciar que no perderá vigencia ni dejará de observarse ya sea por la fuerza o “por cualquier otro medio distinto del que ella dispone”. Para que no queden dudas agrega: “Carecen de validez todas las disposiciones o actos de autoridad opuestos a lo establecido en esta Constitución”. No es NINGUNA casualidad que el artículo inmediatamente posterior, el 138, establezca duramente que “se autoriza a los ciudadanos a resistir a dichos usurpadores, por todos los medios a su alcance”. El Presidente de la República del Paraguay debe leer ambos artículos: el primero porque está tratando de violentarlo con toda desfachatez. Y el segundo porque está habilitándonos a todos los ciudadanos que moramos en este país a resistir su autoritarismo. Y lo haremos, que no le quepa la más mínima duda: cuando los de arriba pierden la vergüenza, los de abajo pierden el respeto.