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La Ley Nº 3579/09 dice que los miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) duran en sus funciones “hasta tanto cumplan el periodo para el que hubieran sido electos o designados”. Quienes allí representan a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de la Magistratura están sujetos al juicio político si delinquen o desempeñan mal el cargo, en tanto que los legisladores que lo integran están sometidos a los arts. 190 y 191 de la Constitución. Según estas normas, cada Cámara puede amonestar o suspender a sus miembros por “inconducta en el ejercicio de sus funciones”, removerlos por “incapacidad física o mental” declarada por la Corte o suspenderlos en sus fueros cuando sean encausados.
El diputado Ramón Romero Roa (ANR, abdista) –electo para ocupar una banca hasta 2023– representa a sus pares ante el JEM desde el 4 de julio de 2018; no ha sido amonestado, suspendido o desaforado ni, mucho menos, sometido a un juicio político o depuesto por incapacidad. Empero, la Cámara Baja resolvió por mayoría absoluta, en una sesión extraordinaria, sustituirlo por su colega David Rivas (ANR, cartista), sin invocar ningún motivo ni seguir un procedimiento legal o constitucional. En efecto, al proponer tan arbitraria medida, el diputado Hugo Ramírez (ANR, cartista) –de triste historial como edil asunceno– se limitó a exaltar los supuestos méritos del reemplazante, como si ellos bastarían, en el caso de que existieran, para cohonestar el atropello cometido.
El afectado anunció que promoverá ante la Corte una acción de inconstitucionalidad, con la que tendría todas las de ganar si la máxima autoridad judicial recordara que el 16 de abril de 2016 hizo lugar a la promovida por Óscar González Daher contra su destitución como representante del Senado ante el JEM. Los ministros Antonio Fretes, Alicia Pucheta y Luis María Benítez se fundaron en que “el sistema de remoción aplicado para el accionante no se encuentra contemplado ni en la Constitución ni en la Ley del Jurado”. Conste que al menos aquella vez se había alegado, con toda razón como se vería luego, que el exsenador amparaba a jueces y agentes fiscales sospechosos de corrupción. La resolución judicial fue calificada por el fallido reemplazante de otrora, el senador Enrique Bacchetta (ANR, abdista), como un signo del afán “cartista” de copar las instituciones. Como ahora los abdistas se sumaron a una iniciativa de Honor Colorado, en perjuicio de uno de ellos, sería bueno saber si Bacchetta, hoy presidente del JEM, está de acuerdo con lo actuado.
En opinión de Romero Roa, quienes lo removieron “querían un secretario en el Jurado para que intermedie”, es decir, para que proteja a jueces y agentes fiscales o influya en sus diligencias. En este contexto, mencionó los casos del juez Marino Méndez, “ligado a los Zacarías”, de los camaristas Aniceto Amarilla, Miryam Meza e Isidro González, que habrían favorecido a un expolicía que violó a una niña, y el del juez Amílcar Marecos, que impuso una censura previa a medios de prensa del Alto Paraná, departamento al que el diputado representa y en cuya capital se desempeñan los citados. Al respecto, habló de “uno de los lugares más irregulares de la gestión de justicia: la frontera que es de Ciudad del Este, la protección que se le da a la mafia, a la clase política que usa y abusa del poder”. Y como si no bastara con eso, agregó: “Tal vez esos temas influyen, porque uno siente el interés de mucha gente en que eso termine sin ninguna sanción”.
Las revelaciones del destituido miembro del JEM no son nada sorprendentes y hacen suponer que su remoción tuvo mucho que ver con la protección ofrecida al crimen organizado y con el aberrante empleo del poder político. Según el diputado Romero Roa, su colega Derlis Maidana (ANR, cartista) habló de una “pérdida de confianza” en sus actuaciones, lo que bien podría entenderse en que supuestamente defraudó a sus verdugos al no mostrarse predispuesto a proteger a ciertos jueces o agentes fiscales o a presionarlos de acuerdo a los intereses de la “clase política”. Es más, habrían tenido el descaro de decirle que ya no les servía para representarlos ante el JEM, ¡por tener “cierta autonomía” en sus decisiones! En otros términos, porque ignoraba las instrucciones impartidas para beneficiar o perjudicar a alguien.
Romero Roa nombró incluso a su colega Esteban Samaniego (ANR, abdista), aún no desaforado, pese a estar imputado por difamación y calumnia, y a su esposa, Patricia Corvalán, que habría encubierto irregularidades perpetradas por su marido como intendente de Quyquyhó, cargo hoy ocupado por ella. “Entonces te presionan diciendo: ‘Vos tenés que llamar a la magistrada o al fiscal a ver en qué podemos ayudar’”, o sea, preguntarles cuánto quieren.
La nada absurda interpretación del defenestrado Romero Roa acerca de las causas de la arbitrariedad cometida amerita una investigación del Ministerio Público, aunque esto sea improbable estando de por medio intereses de ciertos personajes o grupos. La cuestión es muy grave y evidencia, una vez más, que el JEM es un lugar apetecido por quienes buscan influir en las actuaciones fiscales y judiciales, directa o indirectamente. Por supuesto, ninguno de los 43 diputados que votaron a favor de una resolución anómala, desconoce lo aquí referido, incluyendo a varios diputados del PLRA.
Inquieta que sectores políticos que ya han dado pruebas suficientes de su escaso apego a la institucionalidad pretendan copar el órgano que debe juzgar la actuación de agentes fiscales y jueces. La ciudadanía, que se ha manifestado en estos días contra la corrupción, debería tener también en la mira de sus protestas a quienes quieren controlar importantes órganos en beneficio de sus propios intereses.