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El 7 de junio último, la Procuraduría General de la República solicitó la nulidad de los documentos presentados por Alfredo Jaeggli (h), Esteban Serrati Codas y Aníbal Gavilán para reclamar al Estado el pago de cuatro millones de dólares.
Jaeggli (h), Serrati y Gavilán firmaron el 12 de agosto de 2008 un contrato de compra-venta con el Ministerio de Obras Públicas por un inmueble de 1.500 hectáreas localizado en Itakyry, Alto Paraná.
La transferencia nunca se realizó y el MOPC canceló el contrato. Los supuestos propietarios reclaman el pago y la procuraduría pide la nulidad de los documentos.
El escrito fue presentado ante la jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 5º turno, Julia Alonso, quién se inhibió por amistad con Alfredo Jaeggli (h).
Pasó al 6º turno, con el juez Hugo Morán, quien también se inhibió.
Luego pasó al 7º turno, con el juez Hugo Bécker quién igualmente se inhibió.
Llegó al 8º turno, con el juez Walter Mendoza. Este aceptó la competencia, pero fue recusado por la Abog. Gilda Bordón Roux.
El expediente pasó al 9º turno, a cargo de la jueza Mafalda Cameron. La magistrada aceptó, pero se presentó Aníbal Gavilán para recusar a la jueza.
El expediente pasó el 15 de junio último al juzgado del 10º turno, con la jueza Rocío González; de esa fecha a hoy no se tienen novedades.
Pedido de nulidad
La Procuraduría General inició la demanda de nulidad de los documentos, y uno de los soportes de la acción judicial es la pericia forense realizada por el Ministerio Público en mayo de 2011.
El dictamen pericial Nº 31/11, del 19 de mayo de 2011, fue hecho por el Lic. Julio Maldonado Larrosa.
La pericia se realizó sobre el documento que identifica la finca 236 del distrito de Villa de San Pedro, de fecha 19 de diciembre de 1941.
La finca 236 fue supuestamente adquirida por Ramón Méndez Ledesma a través de una compra realizada al Ministerio del Interior, en el año 1931.
El asiento registral de la finca 236 es falso, según la pericia del Laboratorio Forense.
El dictamen 31/11 expresa: “Se observa que el soporte papel presenta una escritura primaria en todas las hojas, la cual fue erradicada con ayuda de agentes físico-químicos. Borrado mecánico a través de borradores y químico realizado con solvente adecuado. Seguidamente fue elaborada otra nueva escritura” (negritas son nuestras).
La pericia concluye que “el asiento registrado presenta vestigios de adulteración por borrado físico y químico; se recuperaron palabras de la escritura original; y las escrituras fueron realizadas por personas diferentes”.
¿Y Ramón Méndez?
El nombre de Ramón Méndez Ledesma aparece como comprador de la finca 236; este inmueble se convierte en el año 2002 como finca 2108 de Itakyry.
“Aterrizó” en Itakyry por orden judicial porque la finca de origen tenía como localización a Villa de San Pedro.
¿Quién es Ramón Méndez Ledesma? Así como no aparecen rastros de la finca 236 tampoco se tiene información sobre un ciudadano que nunca sacó cédula de identidad, pasaporte o baja militar y obviamente tampoco combatió en la Guerra del Chaco.
La falsa finca 236 dio origen a la finca 2108, también falsa. Este documento utiliza Alfredo Jaeggli (h) para reclamar el pago de cuatro millones de dólares al Estado.
¿Y Ramón Méndez?
roque@abc.com.py