Tributarista advierte que devolución del IVA provocará sangría al Estado

Una importante sangría generará al Estado si la Corte Suprema de Justicia confirma el fallo del Tribunal de Cuentas que obliga a la administración fiscal a devolver el IVA a la ganadera El Fogón SA, advierte el asesor tributario Walter Hermosa.

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Bajo ninguna hipótesis corresponde devolver el IVA a la empresa ganadera que reclama dicha medida ante la justicia, sostiene Walter Hermosa, asesor tributario de la Cámara de Anunciantes del Paraguay (CAP).
A su criterio, si la Corte Suprema de Justicia (CSJ) confirma el fallo del Tribunal de Cuentas, eso  producirá  una grave perforación  a la ley.
Hermosa argumenta que la ley tributaria solo dispone la devolución del crédito fiscal IVA a las empresas exportadoras y asimilables, por lo que insistió en que no corresponde la solicitud efectuada por la firma ganadera El Fogón SA.
La ganadera inició el año pasado una demanda para obtener la devolución del IVA por un monto de 2.583 millones de guaraníes y en febrero pasado obtuvo el fallo favorable del Tribunal de Cuentas, Segunda Sala.
El caso está desde mayo pasado para una sentencia en la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), integrada por los ministros Sindulfo Blanco, Alicia Pucheta y Oscar Bajac.
El asesor de la CAP explicó que si la Corte confirma el fallo del Tribunal de Cuentas abrirá las puertas para que cualquier persona solicite la devolución del IVA y esto va a producir "una sangría demasiado importante" al Estado.
En tal sentido, indicó que de acuerdo a las cifras estimadas por el Ministerio de Hacienda podría llegar a unos 200 millones de dólares.

Resolución favorable

Por su parte, la Abogacía del Tesoro insistió en que espera una resolución favorable de la Corte, porque si sucediese lo contrario,  el Tesoro no tendrá forma de financiar los gastos establecidos en el presupuesto.
Este organismo argumentó en su escrito que la ganadera El Fogón SA no puede ser pasivo de la devolución del IVA Crédito Fiscal, por no ser exportador ni estar su razón social explícitamente contemplada en la ley y sus reglamentaciones correspondientes como sujeto pasivo de la devolución de dicho crédito.
Señala que la única excepción de devolución de excedente de "crédito IVA" se da con el "contribuyente exportador" (art. 88, Ley 125/91). En tal sentido, indica que ganadera El Fogón SA, además de no ser contribuyente, no es exportadora.

 

Los mismos ministros

 

El fallo del Tribunal de Cuentas será analizado por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por  los ministros Sindulfo Blanco, Alicia Pucheta y Oscar Bajac, a fin de emitir la sentencia sobre el reclamo de devolución de IVA efectuada por la firma  "El Fogón".
Tanto Blanco como Bajac son los  que, integrando la Sala Constitucional, otorgaron una medida cautelar a los importadores de ropas asiáticas, lo que generó fuertes críticas del Gobierno.

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