Telefónicas piden más tiempo para analizar modificación de la Ley 642

Autoridades y técnicos del Consejo Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) se reunieron ayer con representantes de las operadoras de telefonía celular para presentarles el borrador del proyecto de modificación de la Ley 642/95. En el marco del proceso, los representantes de las operadoras cuestionaron el brevísimo plazo que se les otorga para analizar el proyecto en su conjunto, así como para hacer sus consultas, que es de dos semanas.

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En la fecha se inicia la consulta pública sobre el proyecto de modificación de la Ley 642/95 de Telecomunicaciones. El objetivo de la consulta, que durará 15 días a contar desde hoy, es que las licenciatarias y los ciudadanos en general realicen sus comentarios y sugerencias para finalmente remitir al Poder Ejecutivo un proyecto de ley consensuado.

Para responder a consultas previas de las telefónicas, ayer hubo una reunión entre autoridades de Conatel y representantes de las operadoras. El ente regulador expuso ante los privados los detalles más importantes del proyecto.

La mayoría de los técnicos que acudieron en representación de las telefónicas cuestionaron que las dos semanas de plazo que tienen para estudiar el proyecto, formular consultas y sugerencias, es insuficiente.

En ese sentido varios de ellos manifestaron que para examinar el proyecto necesitan un plazo de 60 días, aproximadamente.

El presidente de Conatel, Eduardo Neri González, respondió que la decisión depende de Contrataciones Públicas, porque es un plazo que fijaron con la consultora que hizo el borrador.

Algunas modificaciones

El proyecto que modifica la Ley 642 prevé una mayor protección a los usuarios de telecomunicaciones. Establece, por ejemplo, que la Conatel “podrá regular las tarifas cuando no haya suficiente competencia, se presente una falla de mercado o cuando la calidad de los servicios ofrecidos no se ajuste a los niveles exigidos. Lo anterior, mediante el cumplimiento de los procedimientos establecidos por la presente ley”.

En cuanto a la competencia, se señala que el ente regulador “podrá establecer definiciones y describir conductas anticompetitivas o discriminatorias, como bajas o alzas artificiales de tarifas, abuso de precios, subsidios cruzados. Además podrá adoptar medidas preventivas para que no se desarrollen conductas anticompetitivas ni discriminatorias en los mercados y la regulación asimétrica de los prestadores dominantes”.

También “podrá considerar contenidos y aplicaciones de alta demanda por parte de los usuarios al momento de determinar los mercados relevantes”, según se lee en el una parte del proyecto.

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