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Resolución 280/88
Asimismo recuerdan que por resolución del Consejo de Administración Nº 280/88 y la N° 1250/88 del Comité Ejecutivo de la EBY se había adoptado “en forma clara y contundente” la política de operación del embalse Yacyretá, que en su Art. 1º establece: “Adoptar hasta la entrada en servicio del aprovechamiento hidroeléctrico Corpus, como política de operación del embalse, el mantenimiento constante de la cota de agua 83 msnm en el Eje Encarnación-Posadas, para caudales hasta 61.000 m3/seg aproximadamente”.
Aclaran que desde esa fecha (13.02.11), en la que se alcanzó la cota de diseño del embalse, hasta hoy afluyeron caudales máximos de aproximadamente 25.000 m3/seg solo en tres ocasiones.
Señalan también que “mantener” significa “no superar”, con lo cual se cumple la principal condición de borde del proyecto, relativa a las relocalizaciones y expropiaciones”.
Informan que alcanzaron la cota 83,70 el 15.03.12 y que desde diciembre del 2012 el embalse está siendo operado en torno (más por encima que por debajo) de la cota 83,40 metros.