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Este monopolio parcial se refuerza con la potestad asignada al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) de otorgar licencias a los sellos privados por ese 50% restante de cupo, que serán otorgadas con base en “evaluaciones” del propio MIC con “el visto bueno” de Petropar, competidor de los emblemas en el mercado. Este monopolio parcial se consolida con el hecho de que las empresas se verán obligadas a comprar de Petropar, porque no contarán con suficiente combustible en stock con el cupo restante y lo más grave de todo es que Petropar fijará artificialmente los precios a las firmas privadas (más altos que los del mercado como ya lo está haciendo ahora en los contratos que obliga a firmar a los emblemas en perjuicio de la gente), obteniendo de esta manera Petropar enormes e ilegítimas ganancias.
Estas normas violan el artículo 1° de la l de Defensa de la Competencia, que reglamentando el artículo 107 de la CN, dice: “Esta ley tiene por objeto defender y promover la libre competencia en los mercados. Los actos contra la libre competencia quedan prohibidos y serán corregidos o castigados mediante los mecanismos y sanciones previstas en esta ley” y el Art. 2, numeral 1, agrega: “Todos los mercados estarán regidos por principios y reglas de libre competencia”.