Senado aprueba Iragro y generaliza el IVA a los productos agropecuarios

La Cámara Senadores aprobó ayer con modificaciones el proyecto de ley que crea el impuesto a la renta agropecuaria (Iragro) y generaliza el impuesto al valor agregado (IVA) a los productos agropecuarios en estado natural, que fue aprobado por la Cámara de Diputados el 18 de junio pasado.

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Los senadores introdujeron una serie de cambios al texto aprobado por los diputados, de tal manera a permitir al fisco una mayor recaudación, por lo que el proyecto vuelve a consideración de la Cámara Baja para su definición.

La Cámara de Diputados tendrá la posibilidad de aceptar las modificaciones del Senado o ratificarse en su proyecto inicial, pero en cualquiera de los casos la ley quedará sancionada y pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación.

El proyecto crea el Iragro, con una tasa del 10%, equiparando su funcionamiento al impuesto a la renta de las actividades comerciales, industriales o de servicios (Iracis), a fin de que el sector aporte más al Estado.

A esto se suman las principales modificaciones introducidas por el Senado, con apoyo del Ministerio de Hacienda, tales como: extender la aplicación del IVA a los productos agropecuarios en estado natural, con una tasa inicial del 5%, pero se otorgan facultades al Ejecutivo para incrementar hasta 10% para los productos, bienes y servicios.

La devolución del crédito fiscal IVA será del 50% del impuesto consignado en las facturas de compra de los bienes y servicios que estén afectados directa o indirectamente a dichas operaciones de exportación, sean productos agropecuarios en estado natural o industrializados. En esta parte también se le faculta al Ejecutivo a reglamentar y determinar cuáles son los procesos de industrialización, así como los productos y subproductos.

Otra novedad es que se establece un sistema de ajuste de precios en las operaciones de exportación de bienes (precios de transferencias), a fin de garantizar la competencia en el mercado, favorecer la libre concurrencia y garantizar la recaudación tributaria.

Para unos, esta medida transforma el impuesto a las ganancias en un impuesto a la exportación, pero el senador Carlos Amarilla señala que es para evitar que las empresas vinculadas oculten las rentas de fuente paraguaya y trasladen a paraísos fiscales, y se limita al sector agroexportador.

También se elimina el porcentaje de la recaudación que debe transferir el fisco al Indert para la compra de tierras, por lo que todo el ingreso irá a Hacienda y desde ahí se definirá a dónde destinar los recursos.

Tasas para canasta familiar

El proyecto de ley aprobado ayer en el Senado autoriza al Poder Ejecutivo a incrementar, así como a fijar, tasas diferenciales entre el 5% y el 10% para los productos, bienes y servicios. Esta disposición incluye no solo a los productos agropecuarios en estado natural, cuya tasa será de 5%, sino también al arrendamiento y enajenación de inmuebles, los artículos de la canasta familiar como arroz, fideo, aceites comestibles, yerba mate, leche, huevos, carnes no cocinadas, harina y sal yodada. Además, para intereses, comisiones y recargos de los préstamos otorgados por entidades de intermediación financiera y la enajenación de productos farmacéuticos. Todos tienen hoy una tasa de 5%.

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