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Según Benítez, la despidieron por no ceder ante el acoso de Cárdenas. El presidente del instituto rechazó tales afirmaciones y argumentó que la desvinculación de la funcionaria se dio tras haber recibido un informe sobre pedidos de expedientes que realizaba la trabajadora en nombre de la Junta, cuyos miembros no habían solicitado. Dicho informe fue firmado por los abogados José Latorre y María José Acuña, secretario general y directora de la Región Occidental, respectivamente.
Según la misiva, con base en estos argumentos expuestos el titular del ente rural destituyó a la funcionaria, amparado en la Ley N° 1626 de la Función Pública, cuyo Art. 18 establece que el nombramiento de un funcionario tendrá un carácter provisorio de 6 meses, plazo en que estará a prueba y, durante dicho período, cualquiera de las partes podrá rescindir la relación jurídica sin indemnización ni preaviso alguno.
Sin embargo, el referido informe no fue mencionado en la resolución de desvinculación de Benítez. Otro aspecto llamativo es que al conversar con ABC, Cárdenas había dicho que la denuncia de Latorre y Acuña fue verbal y, repentinamente, aparece un documento supuestamente fechado el 6 de febrero pasado (ver facsímil).