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El procurador general de la República, Francisco Barriocanal, informó a este diario que le corresponde a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, integrada por José Raúl Torres Kirmser, Miguel Óscar Bajac Albertini y César Garay Zuccolillo, resolver acerca de los recursos interpuestos por la INC y la PGR, para evitar “una nueva injusta afectación patrimonial millonaria para el Estado Paraguayo”.
Según los datos oficiales, la firma Cal Agro promovió en noviembre de 2004 una demanda de “resolución contractual” e indemnización de “daños y perjuicios” contra INC, con base a un supuesto incumplimiento de contrato atribuido por la accionante a la estatal. El contrato, que finalmente fue anulado, era para el arrendamiento y explotación de la fábrica y cantera de Vallemí para la producción de cal agrícola, por cinco años.
La demandante alega que la cementera no le entregó el inmueble objeto de la explotación en el término convenido, lo que le impidió cumplir el contrato y le produjo un supuesto daño de G. 171.426 millones. Lo llamativo del caso es que, de acuerdo con informes comerciales a los que accedió nuestro diario, Cal Agro SA se creó en julio de 2004 con capital de G. 4.000 millones, apenas unos meses antes de entablar la demanda. Aparece como síndico titular Fernando Luis Escobar Barriocanal, quien fue mano derecha de Víctor Bernal, exdirector de Itaipú y que también fue presidente de INC durante el gobierno de Nicanor Duarte Frutos; y como presidenta María Liduvina Rodríguez Mendieta.
Todo indica que la firma se creó exclusivamente para el “negocio” con la cementera y al no concretarse, promovió la demanda. Tanto la INC como la PGR, que interviene en carácter de tercero coadyuvante, negaron la existencia de un incumplimiento imputable a la estatal y opusieron excepciones de falta de acción pasiva y activa como medio general de defensa, cuestionando la legitimación de los firmantes del instrumento que sirve de base al reclamo.
En una primera instancia, la Justicia falló a favor de INC, en abril de 2014, pero en la segunda instancia, con voto de los magistrados Juan Carlos Paredes y Linneo Ynsfrán Saldívar (con disidencia de Arnaldo Martínez Prieto), se falló en contra, en marzo de 2017. En consecuencia, se impuso a la INC la condena a abonar a Cal Agro SA la suma de G. 74.250.373.120 (US$ 13,5 millones, al cambio actual), más intereses que corren desde el inicio de la demanda. Según Barriocanal, la PGR recurrió dicha decisión en atención a que los magistrados intervinientes omitieron en forma íntegra muchas de las documentales arrimadas al expediente judicial y pasando por alto su contenido.