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Este segundo periodo debió iniciarse el próximo 20 de mayo y extenderse al 28 de junio, con plazo de registro al 12 de julio.
Los nuevos plazos indican que la vacunación debe iniciarse el 3 de junio y prolongarse hasta el 12 de julio. El plazo tope de inscripción es el 26 de julio.
Los animales a ser inmunizados contra la fiebre aftosa son bovinos y bubalinos, con excepción de las categorías vacas y bueyes, y contra la brucelosis bovina, categoría desmamantes carimbo 9 (hembras).
Los programas de erradicación de la aftosa y de control, prevención y erradicación de la brucelosis son clave para mantener las certificaciones sanitarias internacionales de nuestro país.