Piden que ANDE priorice el control a binacionales

Tanto el tratado de Itaipú como el de Yacyretá le confieren a la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) la responsabilidad de supervisar las cuentas de ambas binacionales en representación del Estado paraguayo, para lo cual incluso percibe una asignación; sin embargo, el ente estatal nunca ejerció esta función, asegura el Ing. Germán Escauriza.

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La ANDE debería tener en cuenta la economía de escala para planificar sus actividades, entre las cuales, “evitar los cortes de verano”, debería pasar a un segundo plano, opinó el Ing. Germán Escauriza. “Primero debe ser lo principal y quien estudió lo básico de la economía de escala, sabe que lo principal está ligado a los montos cuantitativos de lo que debe administrar”, señaló el especialista.

Entre las dos binacionales, Itaipú y Yacyretá, respectivamente, facturan cerca de 5.000 millones de dólares anuales. “El consumo paraguayo, es aproximadamente del 12%, en relación a lo producido y a lo facturado. De lo señalado, se desprende, que la principal actividad que tiene la ANDE es el seguimiento administrativo y contable de las binacionales: Itaipú y Yacyretá”, apuntó Escauriza.

Recordó que en los tratados de Itaipú y Yacyretá se le designó a la ANDE para integrar cada una de las binacionales en representación del Estado paraguayo y, a la vez, para hacer el seguimiento administrativo y contable de las mismas.

Concordante con esa disposición, el Art. 9º del Anexo A del Tratado de Itaipú, Competencias del Consejo de Administración, parágrafo 1º, establece que el citado consejo “…examinará la memoria anual, el balance general y la demostración de la cuenta de resultados elaborados por el directorio ejecutivo, debiendo presentarlos, con su parecer, a la ANDE y a la Eletrobrás de acuerdo con el artículo 24º del Estatuto”.

El artículo 24º del Estatuto o Anexo A, en su parágrafo 1º, dispone que la Itaipú presentará, hasta el 30 de abril de cada año, para decisión de la ANDE y de la Eletrobrás, la memoria anual, el balance general y la demostración de la cuenta de resultados del ejercicio anterior.

Significa que la binacional debe “rendir cuentas” a la ANDE –que puede rechazar el balance y el cuadro de resultados presentado– con atribuciones de requerir explicaciones y documentaciones pertinentes. Por otro lado, el ente eléctrico estatal, según la Constitución, queda bajo supervisión de órganos de control administrativos: Auditoría Interna, Auditoría General de la Presidencia, Contraloría General de la República. Es donde se observa con claridad la soberanía del Estado paraguayo sobre Itaipú.

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