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El hombre, de muy avanzada edad, vive ahora en Limpio, en casa de conocidos que le acogieron en tanto resuelva esta situación, ya que no dispone de familiares que le ayuden a realizar dichos trámites. El mismo es quien debe arreglarse para llegar hasta las oficinas céntricas de la capital, en donde se encuentra su expediente. Denunció además que el viernes último, en uno de los tantos intentos por recibir respuesta, fue hasta el Ministerio de Hacienda, donde los funcionarios le indicaron que debe volver a inscribirse en su localidad y esperar para ser censado nuevamente. Situación que lo indignó bastante, por todo el tiempo y esfuerzo perdidos hasta ahora, para acceder a un derecho que el Estado le garantiza, por encontrarse en situación de pobreza.
La Ley Nº 3728/2009 establece “el derecho a la pensión alimentaria para las personas adultas mayores en situación de pobreza”, equivalente al 25% del salario mínimo vigente, unos G. 456.013. La misma legislación determina que la pensión alimentaria debe ser destinada a adultos mayores de 65 años y más, que se encuentran en situación de pobreza. Otro requisito es contar con nacionalidad paraguaya natural, residente en el territorio local, además de no recibir jubilación alguna o tener problemas judiciales. El programa de pensión alimentaria para personas adultas mayores incorporó hasta ahora a 154.390 adultos mayores en situación de pobreza, con un desembolso de G. 2.253 millones.