Cargando...
El bajo nivel de cumplimiento de los principios de Basilea 1 impide a nuestro país ser considerado su sistema financiero como una plaza segura para la colocación de grandes capitales provenientes del extranjero. Una de las falencias de nuestro sistema para adecuarse mejor a Basilea 1 es no tener aún un mecanismo eficaz de supervisión bancaria con atribuciones y objetivos claros para cada autoridad que participe en la supervisión de los bancos, porque la Superintendencia de Bancos carece de autonomía, que solo se podrá lograr con una nueva ley. En Basilea 1 se recomienda que cada una de las autoridades participantes en la supervisión deberá contar con independencia operativa, procesos transparentes, un buen gobierno corporativo y recursos adecuados. Además, deberá hacerse responsable del desempeño de sus funciones. También ha de existir un marco jurídico apropiado para la supervisión bancaria, con normas relativas a la autorización de las instituciones bancarias y a su supervisión continua, potestades para asegurar el cumplimiento de la ley así como la seguridad y solidez, y protección legal para los supervisores.
Por otro lado, la autoridad encargada de conceder las licencias debe tener potestad para fijar criterios y rechazar las solicitudes que no cumplan con las normas establecidas. Como mínimo, el proceso de autorización debe evaluar la estructura de propiedad y el buen gobierno del banco y del grupo al que pertenece, incluyendo la adecuación e idoneidad de sus consejeros y altos directivos, su plan estratégico y operativo, sus controles internos y gestión del riesgo, así como la evolución prevista de su situación financiera, incluida su base de capital. Cuando el propietario u organismo matriz del banco propuesto sea extranjero, deberá obtenerse el consentimiento previo del supervisor. Con esto se busca asegurar que personajes de las características de Fermín de Alarcón, Pedro Juan Beneyto, los hermanos Peirano, propulsores de la crisis bancaria en Paraguay, manejen determinadas intermediarias.
POTESTAD PARA EXAMINAR Y RECHAZAR
El supervisor debe tener potestad para examinar y rechazar propuestas para transferir participaciones significativas o de control, tanto si se poseen de modo directo como indirecto, en bancos existentes. La Superintendencia de Bancos hoy no tiene potestad para analizar, basándose en criterios prescritos, las adquisiciones o inversiones sustanciales que realice un banco, incluida la realización de operaciones transfronterizas, para confirmar que la estructura del grupo o de la empresa no expone al banco a riesgos.
Por otro lado, la autoridad encargada de conceder las licencias debe tener potestad para fijar criterios y rechazar las solicitudes que no cumplan con las normas establecidas. Como mínimo, el proceso de autorización debe evaluar la estructura de propiedad y el buen gobierno del banco y del grupo al que pertenece, incluyendo la adecuación e idoneidad de sus consejeros y altos directivos, su plan estratégico y operativo, sus controles internos y gestión del riesgo, así como la evolución prevista de su situación financiera, incluida su base de capital. Cuando el propietario u organismo matriz del banco propuesto sea extranjero, deberá obtenerse el consentimiento previo del supervisor. Con esto se busca asegurar que personajes de las características de Fermín de Alarcón, Pedro Juan Beneyto, los hermanos Peirano, propulsores de la crisis bancaria en Paraguay, manejen determinadas intermediarias.
POTESTAD PARA EXAMINAR Y RECHAZAR
El supervisor debe tener potestad para examinar y rechazar propuestas para transferir participaciones significativas o de control, tanto si se poseen de modo directo como indirecto, en bancos existentes. La Superintendencia de Bancos hoy no tiene potestad para analizar, basándose en criterios prescritos, las adquisiciones o inversiones sustanciales que realice un banco, incluida la realización de operaciones transfronterizas, para confirmar que la estructura del grupo o de la empresa no expone al banco a riesgos.