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Esto implica, agrega el informe, que cada año el valor fiscal de los inmuebles urbanos se ajustará según el valor de la tasa de inflación registrada y publicada por el Banco Central del Paraguay (BCP).
En ese contexto, precisa que para el año 2016 el valor fiscal de los inmuebles urbanos se incrementarán solo 3,2% y sobre este monto se aplicará la tasa del inmobiliario, que la ley mantiene en 1%; y para los inmuebles rurales menores a 5 hectáreas, es 0,50%, siempre que sea única propiedad destinada a la actividad agropecuaria.
Por otro lado, la nueva normativa también establece un impuesto adicional a los baldíos, que para los urbanos la tasa va de 20% hasta 50% de acuerdo a la antigüedad de la propiedad; y para los rurales de 1% hasta 20%, dependiendo de la hactárea y la región en que se encuentra.