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Este nuevo calendario impositivo (ver cuadro) se establece ya conforme con los nuevos indicadores del RUC, dijo Gloria Páez, directora de Apoyo de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET). Se sabe que, de acuerdo a la nueva normativa, el número tributario de las personas físicas es el número de su cédula de identidad y para la persona jurídica de 80 millones para arriba. Con esta variante, se obliga a la administración tributaria a rediseñar el formulario con la terminación numérica, agregó.
LA NOVEDAD
La novedad de este calendario perpetuo es que se estipulan fechas fijas para evitar al contribuyente la molestia de realizar cálculos sobre días hábiles para realizar sus declaraciones. Comenzará el 7 de cada mes, y si el vencimiento cae un domingo o día feriado, pasa para el día siguiente el vencimiento. Las fechas van intercaladas hasta el 25 de cada mes, y los contribuyentes tendrán mensualmente una fecha fija para hacer sus presentaciones, según la funcionaria.
YA NO HAY EXCUSAS
Gloria Páez explicó, además, que para el contador ya no habrá más excusas desde febrero para tener indefiniciones sobre la fecha de vencimiento de sus clientes.
VENCIMIENTOS ANUALES
En cuanto a los vencimientos anuales, Páez señaló que se está previendo, para facilitar de alguna manera a los aportantes del fisco, que la renta del pequeño contribuyente tenga vencimiento en marzo, IRACI en abril, Imagro en mayo y renta personal en junio. De esta forma, prosiguió, también los vencimientos del impuesto a la renta en general serán fraccionados en cada mes, pero con la salvedad de que dentro de ese mes siempre tendrán una misma fecha.
VERIFICACIONES
Esta semana se viene completando una verificación por parte de funcionarios de Tributación y cuyos resultados serán publicados la semana próxima para comenzar el nuevo vencimiento desde febrero. Según Páez, este nuevo procedimiento va en concordancia con la resolución del RUC que dice que todos los contribuyentes están obligados a utilizar su nuevo dígito desde el próximo mes, tanto para las compras como para las ventas realizadas por un determinado contribuyente.
LA NOVEDAD
La novedad de este calendario perpetuo es que se estipulan fechas fijas para evitar al contribuyente la molestia de realizar cálculos sobre días hábiles para realizar sus declaraciones. Comenzará el 7 de cada mes, y si el vencimiento cae un domingo o día feriado, pasa para el día siguiente el vencimiento. Las fechas van intercaladas hasta el 25 de cada mes, y los contribuyentes tendrán mensualmente una fecha fija para hacer sus presentaciones, según la funcionaria.
YA NO HAY EXCUSAS
Gloria Páez explicó, además, que para el contador ya no habrá más excusas desde febrero para tener indefiniciones sobre la fecha de vencimiento de sus clientes.
VENCIMIENTOS ANUALES
En cuanto a los vencimientos anuales, Páez señaló que se está previendo, para facilitar de alguna manera a los aportantes del fisco, que la renta del pequeño contribuyente tenga vencimiento en marzo, IRACI en abril, Imagro en mayo y renta personal en junio. De esta forma, prosiguió, también los vencimientos del impuesto a la renta en general serán fraccionados en cada mes, pero con la salvedad de que dentro de ese mes siempre tendrán una misma fecha.
VERIFICACIONES
Esta semana se viene completando una verificación por parte de funcionarios de Tributación y cuyos resultados serán publicados la semana próxima para comenzar el nuevo vencimiento desde febrero. Según Páez, este nuevo procedimiento va en concordancia con la resolución del RUC que dice que todos los contribuyentes están obligados a utilizar su nuevo dígito desde el próximo mes, tanto para las compras como para las ventas realizadas por un determinado contribuyente.