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El Art. III del Tratado, que crea “una entidad binacional denominada Yacyretá” “... en igualdad de derechos y obligaciones”.
Entonces, ¿por qué razón los gobiernos argentinos de turno decomisaron entre 1994 y 2014 –lo siguen haciendo hasta hoy– el 85,19% de los recursos genuinos de la usina de la que nuestro país es copropietaria y por partes iguales?
El presidente de la Asociación de Ingenieros del Sector Eléctrico Paraguayo (Aisep), Ing. Orlando Valdés, reitera que aplican, unilateralmente y violando el Tratado, el Decreto N° 612 del 22 de abril de 1986 del entonces Poder Ejecutivo argentino.
Este instrumento, que en la práctica desplazó nada menos que al Anexo C del Tratado de Yacyretá, cuyas condiciones, para colmo de males, fueron aceptadas por los directores de la EBY sin una previa autorización del Consejo de Administración, no existe un documento que pruebe lo contario.
El decreto abrió una “cuenta corriente” a favor de la EBY, con recursos asignados en cada período por el Presupuesto General de la nación argentina, en cuyo Art. 5 de lee que las sumas que la EBY restituya, incluidos los respectivos intereses, “ingresarán al Tesoro Nacional”. En otras palabras, se benefician con más del 90% de la energía de la binacional y cobran en el acto, incluidos intereses, los “préstamos” que otorgaron con el decreto 612/86.