Cargando...
Cerca de las 4:20 de la mañana de ayer, un camión Scania, con chapa BAO 700, que transportaba un contenedor con carne del frigorífico Concepción, al mando de José María Rojas Escobar, ingresó al túnel Semidei en Loma Pytã y poco antes de salir, tambaleó, rozando por varios metros la pared del túnel y dañándola.
Finalmente, el contenedor tumbó y bloqueó completamente el túnel, que fue rehabilitado recién al final de la tarde del sábado después de arduos trabajos para remover el pesado contenedor.
El túnel fue habilitado hace menos de tres años por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones. La construcción estuvo a cargo de la empresa Tecnoedil por G. 27.000 millones. Justamente, Tecnoedil se encargará de la reparación, según el ingeniero Ignacio Gómez, director de Vialidad.
En reiteradas ocasiones, este diario advirtió acerca de la insuficiente señalización en la zona, considerando que vehículos de gran porte circulan por la Transchaco a gran velocidad (ver facsímiles).
Gómez aseguró que el accidente no produjo daños en la estructura, sino que son solo “superficiales”. También dijo que “afortunadamente, no hubo una tragedia; solamente hubo daños materiales”.
El director de Vialidad negó que el túnel tenga problemas de señalización y que su seguridad esté comprometida, pese a que se trata del segundo accidente similar en menos de un año. “Hace poco se agregaron más señalizaciones, y el diseño del túnel no tiene ningún problema”, indicó.
Además del camión que volcó en mayo pasado –que también transportaba un contenedor–, otros vehículos han impactado contra los muros del túnel cuando circulaban por la Transchaco de noche y en la oscuridad no distingueron las paredes.
Los vecinos relataron a ABC que en todos los casos la explicación de los afectados es la misma: no ven el túnel, circulan por la Transchaco viniendo de Mariano Roque Alonso, y en determinado punto el túnel les “sorprende”, porque no es visible en la distancia de día, y mucho menos de noche.
Pueden ir a prisión
Algunos especialistas del derecho consideran, por su parte, que las autoridades del MOPC se exponen a demandas penales por el hecho punible de “intervenciones peligrosas en el tránsito terrestre”, tipificado en el artículo 217 del Código Penal. Esto establece una pena privativa de libertad de hasta tres años para estos casos, según fuentes jurídicas.