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Por dicha razón, el pasado 9 de abril, el Senave suspendió temporalmente el registro, la importación, la síntesis, formulación, libre venta, comercialización y aplicación de los productos y mezclas que contengan como ingrediente activo Benzoato de emamectina.
Sin embargo, sin desdecirse y presentar estudio que sustente la decisión, el 2 de junio de este año levantó la medida, permitiendo un 10% de concentración del producto. Posteriormente, también sin presentar estudios, levantó la proporción para dicho producto a un 25% para un caso específico. Luego volvió a bajar al 10% la concentración permitida.
En la última resolución, la 393/2014, del 2 de junio, el ente establece el plazo de 90 días para la venta de lo que las empresas declararon.
La preocupación de técnicos del sector es que no solo sobrará lo declarado sino también lo que no se declaró, que juntos sumarían un importante volumen que entrarían a la calidad de basura tóxica, un problema grave de alto costo de eliminación.
Revisión y evaluación
Los antecedentes indican que el 6 de junio pasado, el titular del Senave había informado que a través del Comité Técnico de Evaluación se procederá a revisar y reevaluar cada uno de los registros de estos productos, a fin de que las empresas se adecuen estrictamente a las normativas vigentes, en un plazo de 60 días, que feneció el 2 de este mes.
La Resolución 393/14 dispuso un reglamento para el uso y manejo seguro del producto benzoato de emamectina y sus mezclas.
Entre las nuevas pautas resueltas por la institución, se estableció una concentración máxima de 10% en productos formulados con dicho principio, como para con sus mezclas con otros ingredientes.