Muchas consultas reciben en centro de atención IRP

Desde los primeros días de habilitación del centro de atención para los contribuyentes del impuesto a la renta personal (IRP) se registra un movimiento incesante de personas en el local ubicado en el edificio de la Dirección General de Grandes Contribuyentes, en Independencia Nacional casi Haedo de nuestra capital. En dicho centro se ofrece atención personalizada para la inscripción, orientación y asistencia, tanto en oficina, de 07:30 a 13:00, como también en forma virtual, a través de la dirección de correo electrónico irp@set.gov.py.

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Son contribuyentes del IRP las personas a partir del día siguiente de haber superado los 108 salarios mínimos de ingresos gravados por el impuesto. Una vez llegado al rango incidido, deberán conservar los comprobantes legales que justifiquen sus egresos y en el año 2014 declarar sus ingresos y egresos. Y, en caso de que el ingreso sea mayor, abonar el impuesto correspondiente.

Es importante señalar que los contribuyentes que en el año 2012 hayan superado los 120 salarios mínimos –unos 198 millones de guaraníes como ingresos– deben inscribirse como contribuyentes del IRP. El plazo vence el 31 de enero del corriente año. Estos contribuyentes deben presentar la declaración jurada del impuesto, utilizando el Formulario Nº 104 a través de internet, con su clave de acceso.

Las rentas que son gravadas por este tributo son los salarios, sueldos, sobresueldos, jornales, horas extras, participaciones, asignaciones, honorarios y demás remuneraciones personales. Asimismo, el IRP se aplica al 50% de los dividendos, utilidades y/o excedentes distribuidos a los socios o accionistas de las empresas, ganancias de capital por venta ocasional de inmuebles y otros ingresos que sean de carácter personal y no paguen otros impuestos a la renta (Iracis, Imagro, IRPC).

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