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Ante la sorpresa de los gremios laborales, que esperaban un respaldo de la autoridad competente del Trabajo, el esperado dictamen de la asesoría jurídica del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social concluyó en que la resolución 119/2017 de la SET no colisiona con el derecho de los trabajadores.
El dictamen da vía libre, de esta forma, a los órganos de retención (empleadores) definidos en la citada reglamentación a efectuar las retenciones en concepto del Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (lRP). “La norma no contradice ninguna disposición respecto al salario del trabajador, en vista de que no se ve afectado el mínimo otorgado por la legislación para la subsistencia libre y digna”, sostiene parte del dictamen.
Piden postergar
Con reacción al dictamen jurídico, la Federación de la Producción de la Industria, del Comercio y Servicios y los diferentes gremios solicitaron a la ministra de Hacienda, Lea Giménez, a través de un comunicado, diferir la entrada en vigencia de la disposición tributaria.
Igualmente, solicitaron a la jefa del equipo económico analizar los impactos que traerá la medida. La solicitud está motivada por los dictámenes unánimes de abogados que dicen que la resolución 119/2017 de la SET atenta contra lo establecido por el Código Laboral y el Art. 137 de la Constitución Nacional.
Agregan que la norma en cuestión expone a los empleadores a eventuales reclamos de reembolso que los empleados les soliciten en virtud de la norma, con lo cual estarán ante un caos y una situación injusta para los empleadores.
Accionarán contra la medida
El dictamen del Ministerio de Trabajo era esperado por varios sectores, entre ellos, los relativos al segmento obrero, que ya anticiparon que presentarán acciones judiciales en los próximos días, pues sostienen, con base en argumentos de especialistas en materia laboral, que la medida es ilegal. De esta forma, se sumarán a las medidas ya presentadas por los fiscales y defensores públicos.
Víctor Insfrán, representante de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), señaló ayer a nuestro diario que los distintos gremios sindicales ya cuentan con un proyecto guía para la presentación de las acciones, y que será socializado entre los adherentes, que son alrededor de 300.000. Dijo que, a más tardar la próxima semana, tienen previsto presentar dichas acciones ante la justicia contra esta disposición que crea un impuesto al salario y no a las ganancias.
Igualmente, la asociación de magistrados anunció ayer que recurrirá la disposición de la SET que busca retener el salario. Se cuestiona la contraposición al artículo 240, inciso e, del Código Laboral, ya que en la ley no se establece taxativamente facultades a la SET para retener salarios.
Desde el 1 de setiembre
La retención de los ingresos de contribuyentes del impuesto a la renta personal (IRP) se aplicará desde el 1 de setiembre del corriente año para aquellos que perciban G. 10.000.000 o más. Finalmente, este monto solo se aplicará a los asalariados, mientras que para los profesionales independientes, contribuyentes del IRP, la obligatoriedad de las retenciones será desde cualquier monto, y el porcentaje a retener de los honorarios en este caso será del 1%.