Juzgado decide elevar a juicio oral la causa sobre coimas en el Indert

El juez penal de Garantías Óscar Delgado resolvió elevar a juicio oral y público la causa sobre un aparente esquema de coimas en el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), para las adjudicaciones de los sistemas de agua potable. Este es uno de los varios procesos que lleva la Fiscalía relacionados a los cuestionados pozos del Indert, presidido por Justo Cárdenas.

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La gestión de Cárdenas está en la mira de la Justicia, tras las numerosas denuncias, mediáticas y fiscales, sobre la construcción de sistemas de agua potable, en el marco del cual adjudicó a dudosas ONG por más de US$ 20 millones, entre 2015 y 2016 (ver facsímil).

En este caso en particular, Cárdenas no se ve directamente afectado, pero sí el funcionario Santiago Ochipinti, exdirector del Fondo de Inversiones Rurales para el Desarrollo Sostenible (Fides). Esta dependencia se encargó de adjudicar los contratos para perforación de pozos a más de 50 ONG.

En tal sentido, el fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción, René Fernández, corroboró que representantes de tres ONG seleccionadas por el Fides depositaron G. 89 millones en la cuenta particular de Ochipinti del Banco Itaú y presume que se trataría del pago que hacían los organismos para ser adjudicados con millonarios fondos públicos.

Tras el análisis correspondiente de estas documentaciones, además de las testificales de los involucrados, el juez Delgado determinó que la causa debe ser resuelta en una instancia superior. “En consideración a la relación fáctica y los elementos probatorios, este juzgado cree que corresponde incursar la conducta delictiva de los acusados. En contra de Santiago Vicente Ochipinti Beterette, por la supuesta comisión del hecho punible del cohecho pasivo, conforme a lo establecido en el Art. 300 inc. 1º, y en contra de Blanca Lorena Godoy Enciso, Derlis Antonio Riveros López y Arnaldo Espínola Fidabel (de las ONG), por la supuesta comisión del hecho punible de soborno, conforme con lo establecido en el Art. 302 inc. 1º del Código Penal”, señala parte del acta judicial.

También agrega: “En conclusión, atendiendo el examen formal y sustancial de la acusación formulada por el representante del Ministerio Público, el Juzgado considera que este proceso reúne los requisitos formales y sustanciales como para ser probados y discutidos en un juicio oral y público”.

En conversación con este diario, el juez Delgado dijo posteriormente que los incidentes de sobreseimiento planteados por la defensa de los acusados fueron rechazados por formalidades, debido a que al juez de garantía se le está vedado estudiar el trasfondo de la cuestión. “Le di credibilidad al fiscal de que puede demostrar en el juicio oral los fundamentos de la acusación”, señaló.

A su vez, el fiscal Fernández explicó que las personas acusadas no pudieron demostrar sus versiones de por qué depositaron el dinero en la cuenta de Ochipinti. Dijeron que se trataba de préstamos que el funcionario del Indert hacía, pero no hay ningún documento que lo acredite, reiteró el agente.

Según versiones no oficiales, esta aparente coima documentada es apenas una ínfima parte de todo lo que en realidad se pagó. En el Indert, se habla de que las ONG debían entregar el 30% de cada contrato y que ese dinero quedó supuestamente en manos de funcionarios de mayor jerarquía.

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