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La decisión judicial se basó en que el citado profesional ya había percibido una remuneración por su trabajo como funcionario del Banco Central del Paraguay, por lo que un nuevo eventual pago por honorarios con presupuesto de la entidad matriz implicaría una doble remuneración por el mismo trabajo, lo cual está prohibido por el Art. 105 de la Constitución y por el artículo 12 de la Ley de Honorarios de los Abogados, explicaron desde la asesoría jurídica del BCP.
Agregan que es la primera vez que un juez de primera instancia dispone un finiquito con base en la acción declarativa que prohíbe el pago. Según datos del BCP, el abogado González estaría persiguiendo honorarios por la suma de US$ 7 millones de dólares, aun cuando durante el tiempo en que prestó servicios en la entidad cobró íntegra y regularmente sus remuneraciones.
Esta decisión de rechazar los honorarios considerados ilegales y que atentan contra la Constitución, ratifica el fin de una de las formas que con frecuencia se utilizaban, tergiversando las disposiciones legales para encubrir reclamos multimillonarios, alegaron.