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El Decreto N° 1440 del Poder Ejecutivo, emitido el 2 de abril pasado, estableció que el incremento entra en vigencia el 1 de mayo.
Con esta determinación se unifica la tasa al 10% para todas las operaciones realizadas, tanto por las entidades reguladas por la ley de bancos y las entidades no reguladas por la ley de bancos, ya que para este último sector el 10% se aplica desde enero.
La nueva tasa se aplicará a los intereses, comisiones y recargos de los préstamos otorgados, incluyendo las tarjetas de crédito por la financiación de pago de la deuda por compras en el país o en el exterior, lo que va a significar un mayor costo para los usuarios.
El incremento forma parte del paquete de ajuste impositivo propuesto por el Ministerio de Hacienda para recaudar más y hacer frente al déficit presupuestario.
El paquete incluye el aumento del IVA para alquileres, productos farmacéuticos, productos agrícolas y otros; así como también el impuesto selectivo al consumo (ISC) para bebidas alcohólicas, cigarrillos, artículos de lujo y armas de juego. Sin embargo, esta parte de la propuesta permanece en stand by por decisión del presidente de la República, Horacio Cartes.
El Mandatario, tras las críticas generadas desde el sector privado porque el incremento recaerá en los mismos de siempre que pagan los impuestos, ordenó a la cartera fiscal primero aumentar la base de contribuyentes y reducir la evasión para recaudar más.
Tasa diferenciada
A inicios del año, con la entrada en vigencia de la Ley N° 5061/13, que crea el Iragro y extiende el IVA a los productos agropecuarios en estado natural, las operaciones realizadas a través de entidades de intermediación financiera reguladas por la ley de bancos pagaban un IVA de 5%, mientras que las operaciones realizadas a través de entes no reguladas por la ley de bancos, 10%.
Esta diferencia generó la crítica de varios gremios del sector privado, uno de ellos fue la Unión Industrial Paraguaya (UIP), porque argumentaba que afecta el financiamiento de las mipymes.
A esta crítica se sumó luego el Instituto de Previsión Social (IPS), que incluso presentó una acción de inconstitucionalidad debido a que afectaba a la caja de préstamos a jubilados.