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Preguntado sobre cómo tuvieron “la osadía” de realizar el procedimiento sin saber que la carga era ilegal o no, el letrado contestó: “La osadía nos está permitida por el Art. 4º, de la Ley 904/63, carta orgánica del MIC. En primer lugar, hemos encontrado que las bolsas carecen del etiquetado que debe tener y también trasgrede normas del Código Sanitario. Además, nos resulta sospechoso que de repente encontramos bolsas de azúcar Iturbe, que está en convocatoria de acreedores, así como encontramos que uno de los fraccionadores, el 21 de febrero del 2013 tenía como denominación “Angel’s Electrodomésticos”, y hace apenas cuatro meses se inscribió como fraccionadora de azúcar.
Plazo
El funcionario informó, asimismo, que el MIC inició un sumario administrativo y que serán notificados todos los involucrados en este caso, para que dentro del término de cinco días ejerzan su defensa, de acuerdo a lo que prescribe la Constitución nacional y las leyes.