Cargando...
“Todo el renglón de la carne, producción, industrialización y exportación, están en riesgo, porque se pretende dirimir entre abogados, en el Poder Judicial, un tema de calidad de vacunas para la campaña contra la fiebre aftosa”, declaró a ABC Color el vicepresidente del gremio de industriales de la carne, Ing. Luis Pettengill.
Aseveró que la institución destinada a velar por la sanidad animal y por la calidad de las vacunas en el sector pecuario es el Senacsa, entidad que se rige en esas materias por las normas internacionales emanadas desde el Centro Panamericano de Fiebre Aftosa (Panaftosa) y de la Organización Mundial de Salud Animal (por sus siglas en inglés, OIE). Esta última es la que otorga el certificado de país libre de fiebre aftosa con vacunación que posee nuestro país y que permite la apertura de los mercados para la exportación de la carne.
“Las vacunas antiaftosas que no cumplen con las normas de calidad exigidas deben ser decomisadas y destruidas, la aplicación de la ley debe ser igual para todas; y así como fueron destruidas unas 1.500.000 dosis de vacunas extranjeras, en una campaña de años anteriores, así también se deberá proceder con las 6 millones de dosis de vacunas nacionales rechazadas ahora”, expresó.
Dio a entender que si no se procede al decomiso y destrucción de las vacunas que resultaron con baja calidad, se pone en peligro el estatus sanitario del país, con todo el impacto que ello podría implicar para la ganadería, la industria frigorífica y la propia economía nacional.
El Senacsa resolvió a fines del año pasado, que las pruebas de control de calidad hechas a tres series de vacunas (L-151, L-152 y L-153) elaboradas por laboratorio Lauda, unas 6 millones de dosis, resultaron con niveles de potencia insatisfactorios, significativamente por debajo del mínimo requerido. Por su parte, la firma Lauda, representada por el Abog. Carlos Buffa, accionó contra las resoluciones Nº 4020, 4021 y 4022, que disponen el rechazo, decomiso y destrucción de dichas series de vacunas Oleolauda Trivalente.
En el proceso judicial, en primera como en segunda instancia, el Poder Judicial ha dado la razón al Senacsa, en este caso a través de sus fallos “S.D. número 01, del 6 de enero de 2016” y “A.S. número 02, del 15 de enero de 2016”.