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En nota firmada por su director, Nicanor Duarte, dirigida al titular de la Comisión de Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado de la Cámara de Senadores, Stephan Rasmussen, se lee que “los gastos de responsabilidad social y ambiental no están definidos en el Tratado de Yacyretá”. “El uso de recursos de Yacyretá para inversión social y ambiental definidos por Paraguay y Argentina, son incluidos en los costos de explotación y no corresponden a ingresos fiscales ni montos permanentes para cada país”.
En rigor, según el Anexo C aún vigente, estos gastos, cuyo último capítulo fue la donación de motos al grupo Lince de la Policía, no forman parte del servicio de electricidad de Yacyretá, que como parte integrante del Tratado fue aprobado por ley. El numeral III del Anexo C tiene ocho puntos y ninguno permite a la entidad comprar “motos” u otros gastos adicionales, , mucho menos como “gastos de explotación”, de resarcimiento, utilidad, amortización e intereses o por territorio inundado, etc.