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El ministerio informa que el objetivo del Registro es disponer de estadísticas y velar por la formalidad en la prestación de servicios. Cabe señalar que en estos últimos cinco años el Estado paraguayo no ha estado a salvo de empresas que se presentan como “proveedoras”, pero que no cumplen con los requisitos mínimos, y terminan siendo “empresas de maletín”.
En ese sentido, señala que deberán inscribirse tanto las personas físicas como jurídicas que prestan servicios remunerados y que sean contribuyentes del IVA. Aclara que quedan exentos de la inscripción los profesionales y/o técnicos que sean funcionarios del Estado, y que no son contribuyentes IVA.
La inscripción en el registro puede realizarse a través de dos modalidades: Presencial, es decir, en sede del MIC, o en sus oficinas regionales en el interior del país, presentando la solicitud de inscripción y adjuntando los documentos requeridos, previamente autenticados.
La modalidad electrónica se realiza en el sitio web de la plataforma electrónica del ministerio (www.vue.gov.py), completando los campos requeridos y adjuntando electrónicamente los documentos.
Para mayor información sobre los requisitos o el registro, están disponibles los teléfonos (021) 6163286/87 y la página web de la secretaría de Estado.