Indert otra vez acciona contra los barbereños

Pobladores de Barbero Cue (San Pedro) denuncian que el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) intenta, una vez más, atropellar las instituciones, a través de presiones extrajudiciales. Específicamente, sostienen que el ente pretende cambiar una sentencia firme.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2074

Cargando...

El Indert, presidido por Justo Cárdenas, había apoyado la iniciativa de la comisión vecinal “Un Pedacito de Italia”, de Barbero Cue, de realizar una nueva mensura en el sitio, pues la medición judicial anterior había sido tachada de nula al arrojar una dimensión menor a la que indicaba el título de propiedad. Pero, actualmente, la administración de Cárdenas no solo dejó de apoyar esa iniciativa, sino que después de anotar irregularmente en los Registros Públicos aquella mensura irregular, que se había hecho durante la gestión de Luis Ortigoza –con procesos judiciales en curso–, ahora actúa en contra de una sentencia firme que lograron los barbereños para que no se violen sus derechos de donatarios del inmueble identificado como Finca 231 Padrón 682, de 17.300 Ha.

“Hace unos días se publicó sobre el atropello del representante del Indert al despacho de la jueza Graciela Rolón, la semana pasada. Nos encontramos ahora con el pedido de Cárdenas para que la jueza revoque su propia sentencia ya firme y con autoridad de cosa juzgada, que fuera decretada por providencia del 13 de febrero de 2017 y confirmada por la S.D. Nº 47 del 21 de febrero siguiente, que hace tiempo se halla firme y ejecutoriada, porque ni siquiera apelaron la sentencia”, señaló la Abog. Leticia Almada Paoli, representante legal de los barbereños.

Según lo explicado, la jueza ya no puede entender ni dictar ningún tipo de resolución porque después de la sentencia pierde su competencia, por lo que en Barbero Cue consideran que nos encontramos ante un escenario de “escándalo jurídico”, ya que la magistrada dio curso al pedido del Indert. Eso, pese a que el Código Procesal Civil establece que “pronunciada la sentencia, concluirá la competencia del juez respecto del objeto del juicio y no podrá sustituirla o modificarla” (Art. 163).

“Este pedido de levantamiento de medida cautelar en el amparo ya definido, con una parte vencedora y una parte vencida, es completamente improcedente y es, sobre todo y desde todo punto de vista, ilegal. No puede haber doble juzgamiento, conculcando derechos adquiridos. Evidentemente, se está corrompiendo el sistema judicial, jamás sucedió un hecho tan atroz que ni en la época de la dictadura hemos presenciado”, resaltó Paoli. 

El Indert pretende que la mensura de la época de Ortigoza se tome como referencia para repartir lotes a los labriegos de Barbero Cue, pero esa medición arrojó una medida de solo 14.090 hectáreas, mientras el título de propiedad dice 17.300 hectáreas y la segunda mensura, que promovieron los campesinos, dio como resultado unas 18.000 hectáreas. 

En las tierras, que por tratado internacional fueron donadas por Italia para los campesinos, también están empresarios ganaderos que alegan “superposición de títulos”, aunque ninguno de ellos ha presentado hasta la fecha título alguno que esté dentro de Barbero.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...