Cargando...
La administración actual del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), presidida por Justo Cárdenas, se mantiene en su postura de seguir pagando intereses por las más de 200.000 hectáreas de Antebi Cue, que le costaron al Estado G. 215.970 millones y que no sirvieron para la mentada reforma agraria.
En vez de abogar por no incurrir en pagos extra, Cárdenas se empeña en seguir desembolsando millones a favor de Roberto Antebi, representante de la empresa Cipasa, la anterior dueña del inmueble en cuestión, expropiado en 1995.
El fin de semana, el presidente del Indert prometió proveernos los detalles de pagos que se han hecho hasta la fecha y ayer, si bien no nos recibió él mismo, nos derivó con el gerente de Administración y Finanzas, Gustavo Ortiz, quien nos habló exclusivamente de lo que respecta a los desembolsos.
Ortiz informó que entre el 2006 y el 2015, el ente rural abonó la totalidad de cuotas establecidas en la sentencia N° 368 del año 2000, que fijó el precio del inmueble en diez pagos de G. 21.957 millones. Según el detalle, se cumplió con el desembolso anual, al menos en ese período.
Millonarios intereses
Así también, el gerente administrativo del Indert entregó un detalle de importes “en concepto de intereses y ajustes” que dan cuenta de pagos en el año 2011, durante la administración del entonces presidente Marciano Barreto, y luego, en el 2014, ya en la gestión de Cárdenas, por un total de G. 25.351 millones (US$ 5 millones al cambio actual).
A esto se le agregan los G. 30.000 millones que el Indert ya obligó, es decir, tiene el plan de caja para abonar y sólo falta el último visto bueno de Cárdenas, más otros G. 36.001 millones que reconoce como “saldo” a favor de Antebi (ver cuadro). En total, el Indert pretende pagar G. 66.001 millones (equivalentes a unos US$ 12 millones) más por intereses que no fueron fijados por la sentencia judicial que establecía el precio y la forma de pago de la indemnización.
Procuraduría apoya
Además del Indert, la Procuraduría General de la República también se expidió a favor de abonar intereses. El exprocurador, Roberto Moreno, en conversación con nuestro diario, señaló que se pronunció a favor en un dictamen basándose en el texto de la ley de expropiación, que en su artículo 9° hacía referencia al precio, la forma de pago y los intereses (ver facsímil).
Al ser consultado cómo puede ser válido un artículo declarado inconstitucional por la propia Corte, respondió que la empresa Cipasa solamente recurrió ese artículo en lo que respecta al precio, debido a que según la Constitución Nacional, el valor de un inmueble expropiado debe fijarse de común acuerdo entre las partes o bien, por la vía judicial. En ningún momento, según lo añadido, se cuestionó la forma de pago ni la generación de intereses moratorios.
De esta manera, la Corte declaró ese artículo inconstitucional pero no se pronunció sobre los intereses y, por eso, según Moreno, sigue vigente el artículo 9° y se justifican los pagos adicionales que ahora está haciendo el Indert.
Acotó que tras el juicio de fijación de precios que llevó adelante Cipasa, se realizó la escritura de transferencia del inmueble y allí se dejó constancia del precio establecido judicialmente, el plazo de diez años y se agregó el texto de la ley que hacía referencia al pago de los intereses.
Según el dato oficial del Indert, dichos intereses son calculados por el Banco Central del Paraguay de acuerdo con la tasa de inflación interanual registrada en el mes del desembolso.