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En 1997, Petrobras inició una relación contractual con la Compañía de Petróleo y Asfalto SA (Compasa), para la comercialización de productos asfálticos y derivados. Dos años después y ante el incumplimiento del pago de sus obligaciones por parte de Compasa, Petrobras decide suspender el suministro de productos hasta que el sello nacional regularice los pagos. Sin embargo, antes que honrar su cuenta, lo que hizo este emblema nacional fue recurrir a la “justicia” para reclamar “resarcimiento por daños y perjuicios”. Según documentos públicos, el presidente de Compasa es José Amarilla Vago, mientras que la vicepresidenta financiera es María Cecilia Amarilla Vago, y vicepresidenta comercial, María Gabriela Amarilla de Rieder.
Con artilugios procesales dudosos y maniobras poco claras, Compasa consiguió que inclusive, violando el Art. 137 de la Constitución Nacional, se considerara en el largo proceso judicial la validez de leyes por encima del respeto debido a tratados internacionales ratificados por el Paraguay (Tratado de Las Leñas), y con base en dicha violación, la declaración en rebeldía de Petrobras y la exclusión de los escritos de contestación arrimados, privándole así a Petrobras del debido ejercicio a la defensa supuestamente garantizado en nuestra legislación.
¡Un negocio redondo: 120 veces más!
Con la maniobra judicial, el emblema Compasa consiguió que de una operación comercial, que generó una ganancia bruta inferior a los US$ 150.000 (en dos años), obtuviera un beneficio económico de 120 veces más que el obtenido durante la operación comercial, gracias a la sentencia de primera instancia N° 34, dictada por la jueza Julia Rosa Alonso Martínez, el 10 de febrero de 2015. Hoy, el expediente se encuentra en la Cámara de Apelaciones, con maniobras más que llamativas, que hablan muy poco en favor de la credibilidad de la justicia paraguaya. Incluso, el sello brasileño denunció días atrás la inseguridad procesal de la que es objeto, en la Cámara de Apelación Civil 4ª Sala, en la que anticipadamente y mucho antes de dictarse una nueva resolución ya se accedió a los votos de los camaristas, al extremo de ver afectadas gravemente sus garantías procesales.
SE CONFIRMARÍA FALLO
Este expediente es muestra palpable del lucrativo negocio de recurrir a la justicia. Se observan llamativos hechos como lo concerniente al delirante monto de la condena; mientras la propia demandante (Compasa) solicita que el cálculo se realizara con base en la Ley N° 194/93, que contempla una estimación específica y que atañe a los tres últimos ejercicios, la jueza Julia Rosa Alonso Martínez decidió emplear el Código Civil, con base “en el derecho común”, elevando significativamente la cifra. Hoy ya se sabe que la Cámara 4ª Sala confirmará el fallo de dicha jueza.