Impuesto inmobiliario aumentará según la zona y el tipo de suelo

El proyecto de modificación del impuesto inmobiliario, elaborado por el Ministerio de Hacienda, propone implementar una nueva metodología de valoración de la tierra en los inmuebles rurales de acuerdo con el tipo de suelo, pero para las urbanas se mantienen sin variación.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2074

Cargando...

El informe de la cartera fiscal señala que la metodología consiste en zonificar el país en zonas homogéneas por cada región (Oriental y Occidental), teniendo en cuenta la aptitud agrológica natural de los suelos.

“La tabla de valores así determinada arrojará como resultado valores fiscales de la tierra más justos y equitativos para las parcelas, respecto a la capacidad de uso del suelo”, afirma Hacienda.

La directora del Servicio Nacional de Catastro (SNC), Anatalia Aranda, señaló que cobrar el impuesto por el tipo de suelo no es posible hoy, porque la Ley 125/91, Tributaria, establece que el ajuste anual de los valores fiscales no deberá ser más alto que la inflación y, en cualquier caso, no más del 15%.

La propuesta de modificación estipula que la base imponible la constituirá la valuación fiscal de los inmuebles establecida por el SNC, según sean urbanos o rurales. Para los inmuebles rurales, se tendrá en cuenta, la ubicación en zonas definidas de acuerdo con la aptitud agrológica natural de los suelos, la unidad mínima de cálculo será la hectárea, no podrán estar afectados por otra forma de tributo o tasa municipal y a pedido del propietario legal, las áreas boscosas protegidas, o de otras afectadas por restricciones legales, serán tenidas en cuenta.

En cuanto a los ajustes del impuesto, lo harán anualmente por el índice de precios al consumidor; el Ejecutivo tendrá la facultad de revisar y aplicar si corresponde cada cinco años, índices de actualización; además aprobará por decreto el criterio general de valoración fiscal de los inmuebles (urbanos y rurales) determinado por el SNC.

El proyecto prevé que las tasas adicionales a los baldíos en las zonas urbanas del país, con el fin de desalentar la especulación, aumenten: va desde 1% hasta 15%, dependiendo de los años de propiedad. En zonas rurales se establece una tasa adicional del 100% a los que no se encuentren eficiente y racionalmente utilizados.

La tasa del inmobiliario se mantiene en 1% y para los inmuebles rurales menores a 5 hectáreas 0,50%, siempre que sean la única propiedad destinada a la actividad agropecuaria.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...