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En cuanto a la utilización de los servicios descriptos en el objeto del gasto 284, «servicios de catering», será reglamentada por el Ministerio de Hacienda y no podrán suscribirse nuevos contratos hasta tanto sea emitida la reglamentación citada, según lo dispuesto en el articulado 195 del proyecto de ley que debe ser tratado por la Cámara de Diputados en un plazo máximo de 15 días.
Equipos de transporte
En otro orden, la Bicameral liberó el tope para compra de equipos de transporte terrestre que no sean automóviles o camionetas livianas. Sí se podrán comprar vehículos como ambulancias y otros para servicios de salud, de seguridad nacional, fuerzas públicas y los requeridos para situaciones de emergencia nacional y los destinados a programas sociales de combate a la pobreza, cualquiera fuera la fuente de financiamiento, dejando vigente la disposición actual y eliminando la versión del Ejecutivo para el 2018, que pretendía establecer un tope general (a todos los entes del Poder Ejecutivo) mediante acuerdo del Equipo Económico.
También quedan exceptuadas adquisiciones de los Poderes Legislativo y Judicial, que podrán comprar en el marco de la Ley 2051/ 2003 “De Contrataciones Públicas”, de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria y necesidades institucionales. En la adquisición de equipos de transporte livianos las instituciones deberán optar por vehículos del tipo flex, híbridos o eléctricos hasta un 30% del parque automotor a ser adquirido.