Fisco devolverá 100% de IVA en el periodo de fallo judicial

La viceministra de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Liz del Padre, dijo ayer que las firmas procesadoras de soja que habían obtenido un fallo favorable de la Corte Suprema de Justicia recibirán el 100% del IVA por las exportaciones realizadas, pero solamente las correspondientes al tiempo de vigencia de dicha medida.

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Explicó que el fallo de la Corte se notificó en febrero y que el nuevo decreto del Ejecutivo que modifica la reglamentación de la devolución del IVA entró a regir desde ayer, por lo que corresponde devolver el 100% del IVA siempre y cuando se haya realizado efectivamente la exportación en el referido periodo de vigencia del fallo judicial.

A partir de la vigencia de la nueva reglamentación establecida por Decreto N° 9100, sin embargo, la devolución será del 50% del IVA compra, teniendo en cuenta que la normativa se adecua al fallo de la Corte y precisa los productos que serán beneficiados con la devolución.

En ese sentido, modificó los artículos 13, 14, 15 y 16 del anterior Decreto N° 1029/2013, que fueron declarados inaplicables por la Corte, porque limitaba al 50% la devolución del IVA a las empresas que exportan productos industrializados a partir de la soja, como el speller, aceite y la harina, tras una acción de inconstitucionalidad presentada por 11 empresas del sector.

De acuerdo con un informe que dio a conocer la SET, desde 2014 a 2017 las empresas que habían sido beneficiadas con el fallo judicial obtuvieron devoluciones por el 50% del IVA compra, unos US$ 140 millones, por la exportación de los productos agropecuarios que han sido sometidos a procesos.

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