Falta una política de seguridad eléctrica, explican

El conflicto entre la ANDE y pobladores de los barrios afectados por subestaciones transformadoras y líneas de alta tensión del sistema de la estatal se debe a que la misma carece de una política de seguridad pública, terció ayer el Ing. Ernesto Samaniego, ex alto funcionario de la empresa.

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Recordó que esa política figura en el anteproyecto de ley de seguridad eléctrica presentado a Diputados en 2011, pero que no fue tratado porque dieron prioridad al “desprolijo” proyecto de ley de aseguramiento de la calidad de los productos y servicios a ser utilizados en las instalaciones eléctricas.

Samaniego añadió que esa política de seguridad pública “podría ser aprobada por decreto del Poder Ejecutivo, así como lo fue la norma que fija los límites máximos permisibles (LMP) para la exposición de las personas a las radiaciones no ionizantes (RNI), para que pueda ser implementada”.

Agrega el técnico que en ciertos países “está regulado el ancho del derecho de vía para estructuras autosoportadas en zonas urbanas. Si es aplicada esta normativa, la línea estaría dentro de la franja permitida” (32 m).

Asimismo cuestiona que en las informaciones no se mencionen los artículos 2º y 3º de la ley 976/82 que, a nuestro criterio, otorga superpoderes a la estatal en situaciones como estas.

El Art. 2°, por ejemplo, dice que “la ANDE procederá, sin indemnización alguna, a la demolición de cualquier otra obra o construcción que se efectúe en la citada zona con servidumbre ya constituida y al retiro de los materiales, así como adoptar en ella todas las medidas necesarias para asegurar el permanente y efectivo funcionamiento del servicio...”. El Art. 3° que los poderes que se confieren a la estatal ... “no podrían ser suspendidos, ni interrumpidos por ningún procedimiento judicial ni administrativo, sin perjuicio ...”.

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