En Villarrica nació la primera organización solidaria

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El 23 de noviembre de 1941, en la ciudad de Villarrica, se constituyó la primera cooperativa paraguaya, con la denominación de Agro Industrial Ideal Limitada del Paraguay.

La historia del cooperativismo  recuerda que en esa  circunstancia se promulgó el Decreto-Ley N° 13635, de fecha 18 de julio de 1942, que cristalizó por vez primera la introducción de una norma específica en materia cooperativa en el Paraguay. El novel instrumento contenía la característica de normar un tipo exclusivo de cooperativa: la de producción agropecuaria. En el periodo del año 1942 al 1950 solo se constituyeron seis cooperativas agropecuarias.   

El principal fundamento de ello es que solo funcionaba ese tipo de entidad y el afán del legislador fue el de establecer normas para regular el desenvolvimiento de ellas. Otro aspecto significativo del referido Decreto-Ley fue el de crear la Dirección de Cooperativismo, organismo estatal dependiente del Ministerio de Agricultura, Comercio e Industrias, que resultó la primera autoridad de aplicación de dicho Decreto-Ley.  Pero la particularidad que acoge dicha normativa en toda su extensión, 41 artículos y uno de forma, radica en postular la fórmula de los pioneros de Rochdale, casi a rajatabla, que en su Art. 2° dice: "a) Número variable e ilimitado de socios, con un mínimo de siete; b) Absoluta igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros; c) Responsabilidad limitada de los socios, al valor de la cuota capital; d) Capital limitado y duración social indefinida; e) Derecho de cada socio a un solo voto, en las asambleas cualquiera sea el número de acciones que posea; Reparto de las utilidades a prorrata, entre los asociados, etc.
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