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En otros países, las leyes de Alianza Público-Privada (APP) son menos conservadoras y dejan en manos de la empresa contratista la fijación de las tarifas, pero la nuestra mantiene en manos del Estado esta atribución, según explicó el abogado Facundo Salinas, de la Dirección del Sistema de Inversión Pública de la Subsecretaría de Estado de Economía, del Ministerio de Hacienda.
Lógicamente, las tarifas no serán las mismas durante los 30 años de ejecución del contrato, tanto para el aeropuerto como para la duplicación de las rutas II y VII, cuyas ofertas están en estudio actualmente. Cuando el contratista acredite que es necesario ajustar las tarifas para mantener su margen de utilidades, el Estado deberá evaluar si acepta o no, y pronunciarse en caso afirmativo a través de un decreto, como hoy lo hace con el tramo que es administrado por Tape Porã, por ejemplo.
“El privado va a tener que demostrar que es necesario modificar la tarifa y el Estado decidir, evaluación mediante, si es conveniente hacerlo”, dijo Salinas.
Para el desarrollo del proyecto APP en el país las empresas adjudicadas constituirán una sociedad y, en principio, el tratamiento fiscal sería el mismo que para cualquier otra empresa. Es decir, pagarán renta, impuesto al valor agregado (IVA) y si remesan sus utilidades, el 15% adicional en el Iracis. “Esas son circunstancias que los grupos oferentes deben considerar antes de presentar sus propuestas”, dijo Salinas.
Proyectos en estudio
Dos son los proyectos APP cuyas ofertas están en estudio por el Estado. La duplicación de las rutas II y VII, que tiene una única oferta presentada por el consorcio formado por Mota Engil (Portugal), Sacyr (España) y Ocho A (Paraguay), en tanto que la modernización del aeropuerto Silvio Pettirossi tiene tres ofertas en estudio, que en este caso corresponden a las empresas Vinci (Francia), Cedicor (Argentina) y Sacyr (España).