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1.- ¿Qué es el Anexo C del Tratado de Itaipú y para qué sirve?
El Anexo C, además de ser parte del Tratado de Itaipú (Art. VI-c), establece las bases financieras y de prestación de los servicios de electricidad de la entidad paraguayo/brasileña.
2.- ¿Tiene un plazo de vigencia y qué debe hacerse luego de su vencimiento?
Según el numeral VI-Revisión de este documento, el plazo es de 50 años (¡medio siglo!) y cuya “entrada en vigor” data del 13 de agosto de 1973, fecha en que los gobiernos de entonces de nuestro país y del Brasil canjearon los instrumentos de ratificación del Tratado que firmaron el 26 de abril del mismo año.
Cumplidos los 50 años, así como de un par de condiciones, “las disposiciones del presente Anexo serán revisadas”, se lee.
3.- ¿Solo revisadas?
En el castellano coloquial por revisar se entiende volver a ver, volver a observar o inspeccionar. Significado por cierto insuficiente, especialmente para los menoscabados intereses de la República del Paraguay. Visto que no contamos –tampoco sabemos si existen– con las actas de las discusiones de los negociadores del Tratado, recurrimos al Diccionario de la Real Academia Española con la intención de al menos acercarnos a lo que quisieron decir los negociadores con este verbo: 1. tr. Ver con atención y cuidado. 2. tr. Someter algo a nuevo examen para corregirlo, enmendarlo o repararlo. 3. tr. actualizar (poner al día) (las negritas son nuestras).
4.- ¿El Tratado impone condiciones para que los Gobiernos puedan revisar el Anexo C?
4.- Establece dos condiciones: a.- grado de amortización de las deudas contraídas por la Itaipú para la construcción del aprovechamiento; b.- relación entre las potencias contratadas por las entidades de ambos países.
Sobre el primer punto, una reciente información oficial daba cuenta del “saldo oficial” de la deuda de la entidad a finales de febrero pasado: US$ 9.900 millones. Extraoficialmente la deuda de Itaipú está pagada, así concluyó la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos (CEBH) que asesoró a la Cancillería hasta el 2012.
El prestigioso economista norteamericano Jeffrey Sachs, por su parte, señaló que la deuda de Itaipú fue suficientemente honrada.
Sachs había sido contratado por el Gobierno de Federico Franco para realizar esta investigación.
En lo concerniente a la condición “b”, llama la atención, tanto de las oficinas paraguayas de la binacional, como en la propia Cancillería, la escasa e inclusive nula atención que le prestan a este punto. Empero, hay interpretaciones muy valiosas entre los técnicos del sector Energía de nuestro país, como la del Ing. Germán Escauriza, integrante de la ex CEBH, exnegociador de los reclamos paraguayos por Itaipú al Brasil en el 2009. El especialista sostiene que el numeral VI del Anexo C determina que luego de 50 años de la entrada en vigor del Tratado debe verificarse el nivel del endeudamiento de la entidad en relación a la potencia /energía consumida por cada país. Si Brasil consumió más del 90% de la energía que generó Itaipú, tiene que pagar más del 90% de la deuda.
En otras palabras, si el corte de registros contables se produjera hoy y el promedio de consumo de Eletrobrás y ANDE en 32 años es 94% y 6%, respectivamente, a la firma brasileña corresponden US$ 9.306 millones y a la ANDE US$ 594 millones, agregamos.
4.- ¿Qué nos enseña la experiencia que tuvo el país en Yacyretá?
Cambiando lo que deba cambiarse, por ejemplo, 40 años de plazo en Yacyretá para la revisión de las disposiciones de su Anexo C, el numeral IX de este documento es casi un calco del numeral VI del Anexo C del Tratado de Itaipú.
Los tres años que pasaron desde el vencimiento del plazo de 40 años sin que las partes, en las instancias técnico-diplomáticas, logren un resultado, y solo la vaga promesa de un nuevo plazo de 20 días otorgado el último jueves por los gobiernos para que haya un producto concreto, advierten al país que también en Itaipú, con Brasil, se rebasaría el plazo de medio siglo sin resultado alguno, porque el numeral de referencia no incluye plazos, a pesar de que el designado director general brasileño de Itaipú, tal vez con un razonamiento mucho más técnico que diplomático y político, se apresurara en manifestar su impaciencia.
“Por el Tratado, hoy, el excedente de energía de Itaipú –se refería al paraguayo, porque su país no lo tiene– es consumido por Brasil. Este es importante para el abastecimiento del sistema eléctrico nacional. Cómo quedará después del 2023 es algo que nos tiene que preocupar ahora, no en el 2023. Tenemos que verificar cómo queda la comercialización de esa energía”, dijo.
La inquietud del Ing. Vianna desde la perspectiva técnica (viene de la presidencia de Copel, la compañía eléctrica del Estado de Paraná) prueba a propios y extraños que la energía de Itaipú seguirá siendo importante para su país incluso más allá del 2023. Ciertas rachas propagandísticas que comenzaron a soplar en algunos de los cuadrantes del Gobierno brasileño pretendían convencernos de lo contrario.
Además replantea, sin proponerse, la histórica preocupación paraguaya sobre el “uso y abuso” que su país hace del excedente paraguayo en Itaipú. Recordemos que aproximadamente el 80% de la parte paraguaya de la producción de la usina siguen aprovechando Eletrobrás o las empresas brasileñas que la misma indica por menos de US$ 10/MWh, sobre el costo de producción de Itaipú.
5.- ¿Qué reclama Paraguay al Brasil por Itaipú y que su gobierno de turno, apoyado en un pueblo movilizado, debe incorporar en el 2023 en el nuevo Anexo C del Tratado?
Prioritaria y fundamentalmente: la recuperación de su soberanía energética; dicho de una manera más elegante: disponibilidad sin restricciones de su cuantioso excedente energético en Itaipú. En enero y febrero del presente ejercicio, de los 16.955.000 MWh que produjo la binacional, el 85,6% aprovechó el sistema brasileño y solo el 14,4% el paraguayo. Si nos concentramos en la tajada paraguaya de la torta itaipuana, veremos que nuestro país sigue cediendo a las empresas del vecino país las tres cuartas partes de su 50%.
Debería retornarse a lo acordado en el Acta de Foz de 1966 que, además del Justo Precio por el excedente energético paraguayo, reconocía al Brasil solo el derecho a la preferencia, principios cancelados siete años después por los negociadores del Tratado de Itaipú. No obstante, también en este caso deberíamos aprender de la experiencia que ¿ganamos? en Yacyretá, donde, a pesar de que el instrumento solo admite el derecho a la preferencia a la hora de pretender el excedente nacional, nuestros socios, ante la complacencia de los gobernantes de turno del Paraguay, actúan como los brasileños en Itaipú, quienes tienen la excusa del Art. XIII del Tratado.
Con la recuperación del poder de decisión sobre nuestra energía en la gran hidroeléctrica, la preferencia ya no dependerá de los afectos o de la “eterna gratitud” que profesan algunos a los financistas del proyecto sin recordar siquiera los insustituibles aportes paraguayos, sino de la realidad presente del mercado regional de la energía eléctrica.
Las correcciones del actual documento no se agotan en los puntos considerados, pero por razones de espacio dejaremos para las siguientes publicaciones las demás propuestas.
6.- ¿Se prepara nuestro país para alcanzar la altura del compromiso que le espera en el 2023?
La experiencia de Yacyretá, una vez más, nos obliga a concluir que no nos estamos preparando. La única noticia atendible en ese sentido, propalada por el director general paraguayo de Itaipú, James Spalding, fue la intención del Gobierno nacional de contratar como asesor al financista norteamericano Jeffrey Sachs. Este anuncio, debe subrayarse, no tuvo eco en la Cancillería y mucho menos en el Ejecutivo, ni tan siquiera con los prefabricados tuits atribuidos al presidente de la República.
En el Poder Legislativo hemos sido testigos de ciertas iniciativas, declaraciones, etc., provenientes principalmente de senadores de la oposición, sin grandes repercusiones.
En el sector Energía, especialmente entre los técnicos independientes, las actividades son más perceptibles, pero aún sin la intensidad que el caso exige.
Los grandes gremios empresariales (Feprinco, UIP, CAP, UGP, ARP, ADEC, etc.) optaron por ruidoso silencio; mientras que los sindicatos de trabajadores, organizaciones campesinas, estudiantiles, etc., siguen sin incorporar el tema en sus agendas de movilizaciones. Pareciera que se trata del 2053 y no del 2023.