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El Ejecutivo señala que, a través del decreto reglamentario, la ejecución presupuestaria y financiera en la administración pública se encuentra plenamente regulada, por lo que los Organismos y Entidades del Estado (OEE) deberán ceñir sus procedimientos con base en lo establecido en el citado Decreto 8452.
Entre las novedades principales establecidas en la normativa se menciona la suspensión del pago de las gratificaciones o aguinaldo extra a los funcionarios aún cuando la Ley 6026/2018 autoriza a realizar hasta dos pagos en el periodo por el equivalente a un mes de sueldo. El Ejecutivo decidió excluir este beneficio con el propósito de una “contención del gasto público”. Cabe señalar que el año pasado el decreto del presupuesto ya contenía esta restricción para el pago de aguinaldos extras, que en la práctica no se cumplió.
Para sorpresa de muchos, el propio ente que sugirió esta contención de gastos, el Ministerio de Hacienda, autorizó y pagó a sus funcionarios una gratificación disfrazada como subsidio familiar días previos a las internas partidarias. Al igual que Hacienda, varias otras instituciones públicas también dieron luz verde para el pago disfrazado de estos beneficios, coincidentemente en periodo electoral, donde el candidato oficialista (Santiago Peña) finalmente no logró los votos para pelear por el sillón presidencial. Estos plus o pagos extras significaron un gasto adicional cercano a US$ 10 millones.
El Ministerio de Hacienda en un comunicado expresó que la suspensión de las gratificaciones obedece a una política de la racionalización del gasto establecida por el Poder Ejecutivo en cumplimiento de metas que fuera decidida en el 2016.
Límites a bocaditos y seguro médico
Por otra parte, el decreto reglamentario limita el gasto en servicio de catering (alimentos, bocaditos y bebidas) a no más de G. 400 millones anuales por institución, el año pasado el tope fue de G. 500 millones. También se establece un tope de hasta G. 1.500.000 para la contratación de seguro médico para funcionarios, teniendo en cuenta que en años anteriores existían instituciones que pagaban hasta G. 2 millones mensuales por el servicio en sanatorios privados, entre ellos los bancos estatales.
Los límites a los gastos de los organismos del Estado se dieron también en la contratación de seguros de bienes; la adquisición de pasajes aéreos que debe ser en clase económica para todos los servidores públicos; y la prohibición de suministros para almuerzos de funcionarios, según el decreto reglamentario.
En relación a las organizaciones no gubernamentales (ONG) se incorpora un cruzamiento de datos entre entidades estatales a los efectos de controlar la duplicación de transferencias.
Los gastos sociales seguirán siendo la prioridad del Gobierno, señala el comunicado de Hacienda, añadiendo que se prevén procedimientos para mejorar la ejecución, seguimiento y evaluación.
Asimismo, se reglamentaron la protección de créditos presupuestarios del Hospital de Clínicas, dependiente de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), y la compra de medicamentos del Instituto de Previsión Social (IPS). Se estableció un blindaje a los recursos para los programas de alimentación escolar a cargo de las gobiernos departamentales y municipales para evitar inconvenientes generados en el pasado.
Se mantiene para este ejercicio la autorización de que los entes puedan realizar modificaciones a su presupuesto, las que serán aprobadas por resolución institucional. Este procedimiento permite una mayor agilidad a las entidades para responder en tiempo a los requerimientos de la ciudadanía, según detallaron.
El PGN 2018 fue aprobado por Ley 6026 por G. 73,56 billones.