Dragado del río Paraguay se hace sin estudio de impacto ambiental

Los trabajos de dragado que realiza el MOPC en algunos puntos del río Paraguay no tienen el estudio de impacto ambiental, exigencia establecida por ley para este tipo de trabajos. La directora de la Seam, María Cristina Morales, otorgó la licencia ambiental, pero sin tener dictamen jurídico ni técnico que habiliten realizar la obra.

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El 28 de agosto pasado salió el decreto 139 de la Presidencia de la República por el cual se ordenó al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y a la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP) a trabajar en forma conjunta para hacer los trabajos de dragado del río Paraguay, en sus puntos críticos.

El 29 de agosto, el MOPC hizo la solicitud a la Secretaría del Ambiente (Seam) para que se le otorgue la licencia ambiental, a fin de hacer el dragado. De acuerdo con lo que establece la ley y el reglamento de la Seam, en caso de que una obra implique unos 10.000 metros cúbicos de movimiento de suelo o más, indefectiblemente tendrá que contar con una licencia ambiental con base a un estudio de impacto ambiental. La obra del MOPC movilizará unos 30.000 metros cúbicos de movimiento de suelo. El estudio de impacto determina las posibles consecuencias socioambientales que podrían acarrear la obra y obliga a la entidad encargada de hacer el trabajo –en este caso el MOPC, que fue la proponente– a publicar los resultados en periódicos locales y entregar el informe a las gobernaciones afectadas.

Es necesario el estudio

El 30 de agosto último, la Dirección de Control y Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales (DGCCAR) de la Seam, a cargo entonces de Gustavo González, informó que es imposible otorgar la licencia sin tener el estudio de impacto ambiental.

A su vez, el técnico de la Seam, Hans Hellmann, en su informe acerca de la solicitud del MOPC, dijo que dentro del cuestionario del proyecto “dragado de emergencia” es necesario contar con un estudio de impacto ambiental, atendiendo las especificaciones técnicas de la obra y de lo que establece la Ley N° 294/3 de Evaluación de Impacto Ambiental y su decreto reglamentario.

Igualmente, la DGCAR pidió a la propia directora de la Asesoría Jurídica de la Seam, Alba Villalba de Llanes, un dictamen jurídico que justifique otorgar la licencia sin tener el estudio de impacto ambiental. La respuesta de Villalba de Llanes fue negativa.

Curiosamente, tanto Gustavo González como Alba Villalba de Llanes fueron cesados recientemente de sus cargos por la ministra del ambiente, María Morales.

El 13 de setiembre último, la Seam otorgó la licencia ambiental al MOPC con base en un plan de control ambiental, que no tiene las mismas exigencias que un estudio de impacto.

Además, un plan de control no se adecúa al Término Oficial de Referencia (TOR), que viene a ser la guía de requisitos que debe cumplir una obra como el dragado del río Paraguay, en cuanto a posibles impactos sociambientales.

El argumento, tanto desde el MOPC como desde la ANNP en sus escritos, es que se trata de un trabajo de dragado urgente, por lo que se requirió de celeridad a la hora de otorgar la licencia.

Por el MOPC, el consultor Emilio Solís hizo los trámites correspondientes ante la Seam, de acuerdo a los documentos.

Ayer intentamos obtener la versión de la ministra Morales, pero las veces que la llamamos, su celular estaba apagado.

Ya se está trabajando

Una de las obras de los dragados (que significa limpiar el canal del río sacando arena del suelo) está a cargo de la empresa T&C (Topografía y Caminos SRL), que ya está operando en el Km. 367,1 del río Paraguay hacia Paso Medín; mientras que la ANNP, con su draga, está trabajando en el Km. 341,500 hacia Guyratí, en el lugar denominado Boca Superior. Como se trata de un trabajo de urgencia, se anunció que se trabajará a tiempo completo hasta fin de año en estas zonas.

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