Cargando...
Peña Gamba señala en su presentación que el Tribunal está compuesto por las doctoras Irma Alfonso de Bogarín, Clara Estigarribia Mallada, e integrado para esta oportunidad, en reemplazo del Dr. Crescencio Bernardo Páez, por la Dra. Mirta Elizabeth González de Caballero.
Agrega que esta instancia determinó la revocatoria de la medida cautelar dictada por la jueza Edith Coronel Alen para disponer la tramitación de los despachos de importación de todos los productos domisanitarios importados por Unilever, en contravención a lo dispuesto por una resolución firme y ejecutoriada dictada prohibiendo la tramitación del despacho de los mismos productos, sin cumplimiento de los requisitos legales establecidos en la sentencia de amparo, dictada por el juez Rubén Gustavo Ayala Brun.
Agrega que al revocar la sentencia, el tribunal llamó la atención de la jueza de Primera Instancia, que mediante una medida cautelar realizó un “anticipo de sentencia”, dando al inicio mismo del juicio solución al fondo del conflicto, lo que comportó “un claro caso de pre-juzgamiento y violación clarísima y categórica del Art. 16 de la Constitución Nacional. Acota que, habiendo incurrido en “tan grave causal de nulidad”, la jueza debió inhibirse de seguir entendiendo en la presente causa, conforme lo establece el Art. 586 del Código Procesal Civil.