Deuda de la EBY se redujo 76% pero sin aplicar lo dispuesto en el tratado

En una conferencia organizada por el sindicato de ingenieros de Itaipú, el director paraguayo de Yacyretá destacó como un logro de la negociación la reducción de un 76% de la deuda.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2074

Cargando...

Durante su ponencia, llevada a cabo el pasado miércoles en la Central Hidroeléctrica Itaipú, el ingeniero Ángel María Recalde hizo alusión a la reestructuración de la deuda, la compensación por cesión de energía y la forma de cancelación de las obligaciones que fueron acordadas en el Acta de Entendimiento firmada por los presidentes Horacio Cartes y Mauricio Macri para el ordenamiento económico y financiero de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY).

Según el informe publicado en el portal de Itaipú, Recalde destacó que el resultado de la deuda con el gobierno argentino es 76% menos de la deuda por créditos y garantías otorgadas. “Se redujo de US$ 17.000 millones a US$ 4.084 millones, unos US$ 13.000 millones menos”, subrayó. Comentó, además, que el periodo de pago fue fijado en un plazo de 30 años, con 10 años de gracia, por lo que se comenzará a pagar en el año 11 del acuerdo.

“La EBY tiene durante esos 10 años, importantes obras como la maquinización del Brazo Aña Cua, la instalación de tres turbinas más a la Central Hidroeléctrica”, expresó Recalde. Además, se resaltó que Paraguay logró un incremento en el pago por compensación de energía en un 20%.

“Este nuevo Valor Unitario será mantenido constante a valores de marzo de 1974, mediante la aplicación del Factor Ajuste, a partir del suministro de energía del 1 de enero de 2017”, expuso.

Objeciones al acuerdo

Cabe recordar que en un reciente simposio, técnicos y especialistas convocados por la comisión especial del Senado concluyeron que el Acta de Entendimiento, incumple con lo determinado en el Numeral IX Revisión del Tratado, que establece el criterio de la proporcionalidad, entre el consumo de la energía y la responsabilidad en el pago de la deuda resultante, para distribuir el nivel de endeudamiento de cada socio consumidor con Yacyretá, a los 40 años de su vigencia, cuyo incumplimiento, obligará al Paraguay a pagar la deuda correspondiente a la Argentina. Califican dicha deuda como “no verificada ni verificable” y agregan que además de consentir una deuda espuria, se acordó postergar una compensación irrisoria por territorio inundado.

Se postergan beneficios

En su dictamen, la comisión especial del Senado advierte que “el Paraguay no recibe los beneficios económicos completos, justos y equivalentes que debe recibir por las cesiones de energía hidroeléctrica y las otras compensaciones que le corresponden, por ser socio condómino de Yacyretá en igualdad de derechos y obligaciones con la Argentina”.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...